Noticia Exclusivo suscriptores Corte Suprema negó una tutela con la cual la multinacional buscaba salir bien librada en un proceso de restitución. Ahora, se juega su última carta.Drummond. Foto: Drummond.08.09.2026 06:07 Actualizado: 08.09.2026 08:28
El pasado 15 de febrero, EL TIEMPO reveló que la multinacional y mayor exportadora de carbón de Colombia, Drummond LTDA, perdió un proceso de restitución de tierras y fue obligada a devolver una serie de predios en la vereda El Platanal del municipio de Agustín Codazzi, en el Cesar. La Sala de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cartagena encontró que la empresa falló en la debida diligencia de cerciorarse, alrededor de 2010, de que los predios que iba a adquirir allí no estuviesen marcados por el conflicto armado. El tribunal concluyó que Drummond debió abstenerse de poner operaciones en tierras que les pertenecieron, pero les fueron despojadas, a decenas de campesinos.La multinacional carbonífera, que utilizó tales predios como botadero de escombros y sobrantes, no se quedó de brazos cruzados y en abril pasado radicó una tutela buscando revertir el fallo y proteger sus derechos al debido proceso, buena fe y confianza legítima. Sin embargo, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en una reciente sentencia, le negó las pretensiones a la empresa, dotando de legalidad su derrota en el primer y este segundo round judicial. El fallo de restitución quedó intacto, por lo cual los predios seguirán en poder del Estado y no podrán ser utilizados por Drummond. Cabe aclarar que la tierra quedó tan destruida que los campesinos demandantes no pudieron regresar, por lo cual la justicia ordenó una compensación con otros predios en Colombia.Aquí se ubican los terrenos perdidos en proceso de restitución de tierras. Foto:Google Maps y Archivo El TiempoDrummond aseguró, durante el proceso, que la sentencia de restitución habría incurrido en defectos, desconocimiento de precedentes constitucionales, una violación directa de la Constitución y hasta ausencia de motivación suficiente. A su juicio, el tribunal de restitución omitió valorar integralmente actas de concertación con los reclamantes de tierra, así como supuestas verificaciones jurídicas y técnicas adelantadas por la multinacional. Drummond explicó en su tutela que todo su proceso contó con acompañamiento de entidades estatales y la intervención de la comunidad.El fallo de la Corte Suprema. Foto:Corte Suprema de Justicia“Adujo (Drummond) que la autoridad judicial accionada (el tribunal de restitución) desconoció el precedente fijado por la Corte Constitucional en la sentencia CC SU-191 de 2025, al sustituir el análisis integral de la buena fe exenta de culpa por una presunción negativa derivada del contexto general de violencia y por una exigencia de conocimiento absoluto sobre las circunstancias individuales de cada reclamante”, se lee en el reciente fallo de tutela.La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, consideró que la tutela no tiene futuro porque la decisión del tribunal de restitución no fue “arbitraria ni caprichosa”. Al contrario, la sala explicó que los magistrados de restitución actuaron en el marco de su autonomía, apegándose a la realidad procesal y aplicando las normas y la jurisprudencia precisa para el asunto. La Sala Laboral detalló que, de hecho, Drummond estaría buscando revertir el fondo de un expediente que ya fue decidido.Drummond Foto:Cortesía.“Por el simple descontento de la parte reclamante, el fallador de tutela no puede dejar sin efecto la determinación válidamente adoptada por el juez natural, tras un análisis racional del caso y la libre formación de su convencimiento. Así las cosas, la circunstancia de que la parte aquí accionante no coincida con el criterio de la autoridad judicial a quien la ley le asignó competencia para resolver el caso concreto, en ningún caso invalida su actuación y mucho menos la hace susceptible de ser modificada por vía de tutela”, concluyó la sala.Este diario conoció que el expediente está en manos de la Sala de Casación Laboral desde el pasado 27 de julio, despacho que se prepara para tomar una decisión sobre la presente tutela, en segunda instancia. Asimismo, el expediente fue enviado a la Corte Constitucional para que determine si el caso amerita una revisión de la máxima instancia del derecho constitucional, por resultar novedoso y por si pueden expedirse nuevas reglas en el marco de la restitución de tierras.El análisis de la sala de la Corte SupremaPara tomar su decisión, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia estudió de manera individual la calidad de víctima de cada uno de los solicitantes de tierra, así como los negocios jurídicos que llevaron a que vendieran los predios en el marco de la guerra. Como se estableció en el expediente inicial, algunos de los predios que engloban la tierra en restitución fueron vendidos como única salida de las víctimas ante amenazas, intimidaciones y actos de violencia en su contra.Tal es el caso de Pedro Magín Orozco, reclamante del predio ‘Quinta Pesares’, quien fue perseguido por su condición de presidente de la Junta de Acción Comunal, lo que lo forzó a desplazarse en 1996 y a vender la heredad a Ramiro Quintero. Otro de los solicitantes, José Dolores Álvarez, fue víctima constante de José Aguilar, alias ‘El Para’ y miembro de las autodefensas. En casos como el de Abel Urrea se tiene que la zona era tan peligrosa que su hijo, Carlos Javier Urrea, terminó asesinado por esta agrupación criminal.Drummond Ltd. Foto:Drummond Ltd.Las respuestas de DrummondLa multinacional ha asegurado que su presencia en el área de Agustín Codazzi se enmarca en la ejecución de un contrato de concesión minera debidamente acordado con el Estado. Sostuvo que en los predios se adelantan actividades mineras autorizadas por todas las autoridades competentes de Colombia, razón por la cual son “operativamente” imprescindibles para la continuidad del proyecto extractivo.“Drummond considera que cumplió con la debida diligencia en la compra del predio y demostró haber actuado con buena fe exenta de culpa, razón por la cual no comparte la decisión del tribunal. Conforme a las normas vigentes en la época, el proceso de debida diligencia en este tipo de transacciones incluía: estudio de títulos con una revisión histórica de al menos 20 años para verificar la titularidad legítima; levantamiento topográfico del predio; y avalúo comercial para garantizar el pago de un precio justo”, ha respondido.De otro lado, Drummond, cuyos expresidentes José Miguel Linares Martínez y Augusto Jiménez Mejía están llamados a juicio por presunta promoción y financiación a las Auc en el Cesar, ganó, a principios de año, un proceso por difamación contra el abogado Terrence Collingsworth, en una corte de Alabama, Estados Unidos. El jurado lo encontró culpable de pagar a ex-Auc más de 400 mil millones de dólares para que fueran testigos en una millonaria demanda contra la carbonera.La decisión establece que el abogado Collingsworth y su organización, International Rights Advocates, orquestaron un engranaje criminal contra la minera, a la que habrían extorsionado, sobornado y sometido a una conspiración para manipular testigos y obstruir la justicia. Es el mismo abogado de la demanda en EE. UU. que terminó en condena contra la multinacional bananera Chiquita Brands. Ahora, en la justicia nacional, Drummond se enfrenta a un proceso de restitución de tierras que va perdiendo en su fondo y del cual tiene cada vez menos cartas por jugarse.Jhoan Sebastian Cote Lozanojhocot@eltiempo.com@SebasCote95 en X Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.








