El juzgado de Getxo ha acordado el archivo de la causa abierta por el derribo del palacete Irurak Bat, en el que figuraban como investigadas diez personas, entre ellas tres exediles del PNV de esta localidad vizcaína. El magistrado Marcos Amor afirma en el auto en que archiva la causa que no hubo delito contra el patrimonio histórico ni prevaricación en su derribo, que se llevó a cabo para construir en el solar viviendas de lujo, aunque el auto puede ser recurrido ahora ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El juez basa en su auto para archivar el caso en una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sobre una solicitud de derribo de otro edificio en esa localidad, La Aldea. En esa resolución, el TSJPV concluyó que la entrada en vigor de la Ley 6/2019 de Patrimonio Cultural Vasco no produjo la conversión automática de los edificios sometidos a custodia municipal en bienes culturales de protección básica. El TSJPV también indicaba que entender lo contrario supondría atribuir retroactivamente a aquellos inmuebles un grado de protección superior al previsto por el planeamiento municipal, esto es la prohibición de derribo.

Marcos Amor pidió a las partes personadas su criterio en relación con la posible afección de este fallo en la causa penal sobre el Irurak Bat y en el auto hecho público este viernes, el magistrado da la razón a los acusados, ya que, tal y como pedían sus defensas, y en contra del criterio de la Fiscalía y acusaciones, considera que la conclusión aplicable a ese caso es “directamente aplicable al inmueble Irurak Bat”, ya que dicho edificio “no se encontraba inscrito en el registro de CAPV del Patrimonio Cultural Vasco ni en el Registro de Bienes Culturales de Protección Básica, sino que aparecía únicamente incluido en el PGOU de Getxo, como edificio sometido a custodia municipal” y esa era la razón por la que se le atribuía carácter de bien sometido a protección básica.