Noticia Exclusivo suscriptores El tribunal no solo suspendió temporalmente el acuerdo, también evidenció la conducta de Petro al decretar los recursos de capital.El expresidente Gustavo Petro, cuando mostró el nuevo pasaporte de Colombia. Foto: Redes sociales03.09.2026 10:24 Actualizado: 03.09.2026 11:09

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó una decisión crucial en el marco del convenio para el nuevo modelo de expedición de pasaportes: dispuso medidas cautelares para suspender provisionalmente el acuerdo entre Colombia y Portugal, mientras se cerciora que la cooperación esté debidamente estructurada de lo financiero, organizacional y productivo.En un auto de 83 páginas, el cual no significa el cierre definitivo del acuerdo, el Tribunal explica que la medida es transitoria mientras las entidades involucradas entregan información que respalde la correcta expedición de los documentos y que no represente un posible detrimento patrimonial a futuro. En este caso, las entidades son la Cancillería, como enlace del país en el acuerdo, la Imprenta Nacional, como personalizadora final de los pasaportes, y el gobierno de Portugal, a través de su Casa de la Moneda, como aportante de conocimiento y principal diseñador y productor.En su parte resolutiva, el tribunal resumió tres razones que sustentan el riesgo para la moralidad administrativa y el patrimonio público, de continuarse con el acuerdo tal cual fue estructurado: primero, que los recursos se comprometieron por diez años sin la aprobación de vigencias futuras; segundo, que el esquema contractual permitió la contratación de terceros de forma laxa, abriendo la puerta a que se elija arbitrariamente a contratistas por fuera de un proceso de libre concurrencia; y tercero, el desconocimiento real de cómo avanza la operación dentro de la Imprenta Nacional.El tribunal suspendió temporalmente parte clave del nuevo modelo de pasaportes. Foto:ARCHIVO“Es así como el ordenamiento fiscal colombiano, impone de manera perentoria que todo proyecto de inversión que comprometa recursos públicos más allá del periodo de gobierno vigente debe contar, de manera previa e indispensable, con el concepto favorable del CONFIS y la declaratoria de importancia estratégica por parte del CONPES, trámites que no constituyen meras formalidades administrativas, sino límites orgánicos esenciales para salvaguardar la estabilidad fiscal del Estado y evitar el endeudamiento irresponsable de futuras administraciones”, se lee en el expediente.Además, hay un apartado especial dedicado al expresidente Gustavo Petro. De acuerdo con el tribunal, resultó “cuando menos inusual” el actuar del exmandatario quien, ejerciendo su facultad para determinar el presupuesto de rentas y recursos de capital y presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 (a través del Decreto 1523 de 2024), hubiese incluido “sagazmente” una modificación de los requisitos previstos en la ley, relacionados con los conceptos favorables del CONFIS y las declaratorias de importancia estratégica de acuerdos públicos por parte del CONPES.En el caso bajo examen, Petro modificó el artículo 72 del decreto, permitieron que la aprobación y modificación del presupuesto y de las vigencias futuras, corresponda a las juntas directivas en las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta (como la Imprenta Nacional). El decreto es claro en mencionar que, a partir de entonces, no se requiere concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental. Pasaportes e Imprenta Nacional. Foto:EL TIEMPO“Se hace énfasis en este aspecto por cuanto la modificación coincide, justamente, con la estructuración del nuevo modelo (de pasaportes), que de manera clara requería la apropiación de recursos más allá del gobierno saliente, resultando cuando menos llamativo que la Imprenta Nacional de Colombia ostente, precisamente, la calidad de Empresa Industrial y Comercial del Estado”, concluyó el tribunal al respecto.Las medidas para las entidades involucradas en el caso pasaportesEl tribunal ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Fondo Rotatorio, a la Imprenta Nacional de Colombia y a la Imprenta Nacional Casa da Moeda de Portugal presentar, en un plazo de 20 días hábiles, un informe conjunto sobre las actividades ejecutadas, el cronograma actualizado y los soportes documentales del estado real del proyecto. Asimismo, un informe integral sobre toda la cadena de producción de las libretas, incluyendo ubicación de las plantas, identificación de subcontratistas y protocolos de seguridad.La medida cautelar se mantendrá vigente hasta que exista certeza sobre el estado real de ejecución del nuevo modelo de pasaportes, se acredite la disponibilidad y ubicación efectiva de las libretas, se verifiquen las condiciones de seguridad de su producción y personalización, y se precise el alcance real de la participación de terceros en el desarrollo del contrato. Asimismo, el órgano de la justicia precisó que esta medida no implica el cierre total del acuerdo, sino una manera de estructurarlo mejor de cara al futuro.Jhoan Sebastian Cote Lozanojhocot@eltiempo.com@SebasCote95 en XMÁS INFORMACIÓN EN SECCIÓN JUSTICIA Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.