NoticiaEl auxilio funerario de Colpensiones continuará vigente con la entrada en operación del nuevo sistema pensional en 2027. Foto: Canva y colpensionesPERIODISTA03.09.2026 08:30 Actualizado: 03.09.2026 18:06

El auxilio funerario que reconoce Colpensiones continuará vigente en 2027, cuando entre a operar el nuevo sistema pensional establecido por la Ley 2381 de 2024. La prestación, destinada a quien asuma los gastos de entierro o cremación de un afiliado o pensionado, conservará las condiciones previstas actualmente en la Ley 100.La precisión cobra importancia tras la decisión de la Corte Constitucional sobre la reforma pensional, pues el fallo mantuvo buena parte de las disposiciones de la nueva legislación y ordenó al Congreso corregir algunos apartes antes de su entrada en vigencia. LEA TAMBIÉN En el caso del auxilio funerario, las reglas que determinan quién puede recibirlo y bajo qué condiciones se mantienen. No se trata de un pago que se entregue automáticamente a los familiares de una persona fallecida. El reconocimiento corresponde a quien pueda demostrar que efectivamente asumió los gastos relacionados con el funeral.Para solicitarlo será necesario acreditar el fallecimiento y demostrar el pago de los servicios funerarios mediante la documentación exigida. Entre los soportes se encuentran las facturas originales expedidas por la funeraria.La prestación también conservará los límites establecidos en el régimen vigente. El valor reconocido no podrá ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ni superar los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Colpensiones verificará si el fallecido se encontraba activo en el sistema. Foto:Archivo particular¿Quién puede recibir el auxilio funerario?El auxilio funerario tiene una condición específica: el solicitante debe demostrar que pagó los gastos derivados del entierro o la cremación de la persona fallecida.Esto significa que el derecho no depende únicamente de tener un vínculo familiar con el afiliado o pensionado. La acreditación del pago de los servicios funerarios hace parte del trámite para obtener el reconocimiento económico.Además, Colpensiones deberá verificar la condición que tenía la persona al momento de morir. El fallecido debía encontrarse como afiliado activo o tener la calidad de pensionado, de acuerdo con las condiciones previstas para acceder a la prestación. LEA TAMBIÉN La documentación adquiere así un papel central en el proceso. Quien haya asumido el costo deberá presentar las facturas originales de la funeraria y los documentos que permitan comprobar tanto el fallecimiento como las circunstancias requeridas para el reconocimiento.La regla busca establecer una relación directa entre el gasto efectivamente realizado y el valor que se solicita a la entidad. Por eso, el monto del auxilio no corresponde a una suma fija igual para todos los casos.La norma señala que el valor equivale a los gastos funerarios efectivamente realizados y debidamente comprobados, dentro de los topes establecidos por la legislación. Las personas que se hagan cargo de los gastos deben demostrarlos ante la entidad. Foto:IStockColpensiones asumirá el pago en el nuevo sistemaCon la entrada en vigencia de la reforma pensional, Colpensiones tendrá a su cargo directamente la cobertura del auxilio funerario para sus afiliados y para quienes hagan parte del Pilar Contributivo.El cambio se relaciona con la estructura del nuevo sistema pensional, que reorganiza la manera en que se administran las cotizaciones y se reconocen las prestaciones. Sin embargo, para esta prestación se mantienen las reglas sobre el reconocimiento económico, los requisitos y los límites del pago.De esta manera, una persona que haya sufragado los gastos de entierro o cremación podrá solicitar el auxilio ante Colpensiones cuando se cumplan las condiciones establecidas.El trámite exigirá la validación de los documentos que acrediten los gastos. La entidad deberá comprobar que las facturas corresponden a los servicios funerarios relacionados con la persona fallecida y que se cumplen los requisitos para el reconocimiento.La continuidad del auxilio también establece una diferencia frente a la idea de que la entrada en funcionamiento del nuevo sistema eliminaría las prestaciones que actualmente reciben los afiliados y pensionados. En este caso, la prestación permanece y pasa a ser cubierta bajo las reglas del nuevo esquema.Así, desde 2027, Colpensiones continuará atendiendo las solicitudes de quienes demuestren haber asumido los gastos funerarios de afiliados activos o pensionados, con un reconocimiento sujeto al valor efectivamente pagado y a los límites fijados por la ley. LEA TAMBIÉN LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.