ExplicativoColpensiones recordó que quienes deseen trasladarse de fondo de cotización deberán cumplir previamente con el proceso de doble asesoría.La posibilidad hace parte de la denominada ventana de traslado contemplada en la Ley 2381 de 2024. Foto: istockPERIODISTA19.06.2026 14:25 Actualizado: 19.06.2026 14:25
Miles de afiliados al sistema pensional colombiano tienen plazo hasta el 16 de julio de 2026 para decidir si permanecen en su régimen actual o se trasladan a otro. La posibilidad hace parte de la denominada ventana de traslado contemplada en la Ley 2381 de 2024, una de las disposiciones de la reforma pensional que continúa vigente mientras la Corte Constitucional revisa la norma.Según ha informado Colpensiones, las personas interesadas en trasladarse desde un fondo privado al régimen público, o viceversa, deberán cumplir de manera obligatoria con el proceso de doble asesoría antes de que se apruebe cualquier cambio.La posibilidad hace parte de la denominada ventana de traslado contemplada en la Ley 2381 de 2024. Foto:iStock LEA TAMBIÉN Este mecanismo busca que el afiliado reciba información detallada sobre su historial laboral, las semanas cotizadas y las proyecciones de pensión, con el fin de determinar cuál régimen resulta más conveniente para su situación particular.La reforma pensional estableció que pueden acogerse a este beneficio las mujeres de 47 años o más que acrediten al menos 750 semanas cotizadas y los hombres de 52 años o más que tengan un mínimo de 900 semanas aportadas.También podrán acceder quienes ya hayan alcanzado la edad de pensión, siempre que no tengan una pensión reconocida ni hayan recibido devolución de saldos.El plazo para realizar el traslado vence el 16 de julio de 2026. De acuerdo con lo previsto en la normativa, una vez concluya ese periodo, quienes superen los límites establecidos ya no podrán cambiar de régimen pensional.La posibilidad hace parte de la denominada ventana de traslado contemplada en la Ley 2381 de 2024. Foto:iStock LEA TAMBIÉN La medida está dirigida especialmente a personas que, en el pasado, no realizaron el traslado dentro de los tiempos previstos por la ley, los cuales fijaban como límite los 10 años previos al cumplimiento de la edad de jubilación.Tras completar la doble asesoría, el afiliado deberá manifestar su decisión ante la administradora correspondiente. Posteriormente, la entidad receptora adelanta las notificaciones necesarias dentro del sistema para formalizar el traslado y definir las condiciones aplicables al momento de la jubilación.Los cotizantes que cumplan los requisitos pueden optar por permanecer en Colpensiones o trasladarse a una administradora privada de fondos de pensiones, según la evaluación realizada durante el proceso de asesoría.La aplicación de esta medida ocurre mientras la Corte Constitucional analiza la validez de la Ley 2381 de 2024. Aunque aún no existe una decisión definitiva sobre la reforma pensional, algunas de sus disposiciones, entre ellas la relacionada con los traslados entre regímenes, continúan produciendo efectos.Especialistas han recomendado que los afiliados revisen cuidadosamente sus semanas cotizadas, ingresos y expectativas de pensión antes de tomar una decisión, debido a que la elección tendrá efectos directos sobre las condiciones de retiro y el monto de la prestación futura.Más noticias en EL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







