NoticiaLa Corte halló heces de animales y microorganismos en el agua que toma la comunidad wayuú de Waimpiralein, en Uribia.Niños de la comunidad Flor de la Esperanza en Maicao. Foto: Jhoan Sebastian Cote Lozano03.09.2026 07:35 Actualizado: 03.09.2026 07:40
La Corte Constitucional ordenó medidas cautelares urgentes para garantizar agua apta para consumo humano a comunidades wayuú del corregimiento de Jojoncito, en el municipio de Uribia, La Guajira. La decisión de la alta corporación se conoció este 3 de septiembre de 2026 y responde a un riesgo sanitario advertido por los magistrados, con sus propios ojos, durante una inspección judicial en la zona.La medida se enmarca en el seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017, mediante la cual la Corte declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional (ECI), es decir, una grave vulneración de derechos humanos, en el marco de los derechos al agua potable, la alimentación, la salud y la participación de los niños, niñas y adolescentes del pueblo wayuú en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.En la visita se estableció que la comunidad de Waimpiralein y otras comunidades vecinas del corregimiento se abastecen de un reservorio de agua de escorrentía superficial. Según la Corte, la fuente presenta condiciones que "podrían comprometer su aptitud para el consumo humano, entre ellas la posible presencia de heces fecales de animales y una coloración verdosa asociada a microorganismos acuáticos".Estado del agua en la comunidad. Foto:Corte ConstitucionalEn un comunicado, la Corte Constitucional precisó que los resultados del análisis de laboratorio de las muestras tomadas en el lugar "se encuentran en trámite y serán incorporados al expediente tan pronto sean allegados", por lo que la contaminación aún debe confirmarse técnicamente.Como medida inmediata, la Corte ordenó a la Alcaldía de Uribia y a la Empresa Departamental de Servicios Públicos de La Guajira (ESEPGUA) implementar, en un plazo de 48 horas, un esquema temporal de abastecimiento con carrotanques y tanques de almacenamiento, que tenga en cuenta protocolos de calidad, limpieza y desinfección.Asimismo, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Vivienda presentar, dentro de 15 días hábiles, una alternativa temporal de tratamiento o purificación del agua técnicamente apta para las condiciones de la fuente identificada, con participación de la comunidad wayuú.Ministro de Vivienda, Jaime Andrés Beltrán. Foto:Ministerio de ViviendaDe otro lado, la Corte le solicitó al Ministerio de Vivienda, al municipio de Uribia, a ESEPGUA y a otras entidades competentes presentar, en 30 días hábiles, una propuesta técnica preliminar para una solución sostenible de abastecimiento de agua. Además, exhortó al Ministerio de Vivienda a evaluar, en 60 días hábiles, si situaciones similares afectan a otras comunidades wayuú en Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao. La Corte también involucró a la Procuraduría General de la Nación, a la que pidió vigilar el cumplimiento de las medidas "con especial atención a la protección de la niñez wayuú", y ordenó al Ministerio del Interior traducir la parte resolutiva de la decisión al wayuunaiki y divulgarla entre las autoridades tradicionales mediante mecanismos culturalmente apropiados.Jhoan Sebastian Cote Lozanojhocot@eltiempo.com@SebasCote95 en XMÁS INFORMACIÓN EN SECCIÓN JUSTICIA Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







