NoticiaTras una inspección en Uribia, la Corte ordenó garantizar agua apta para consumo humano en 48 horas.Corte ordena medidas urgentes por agua que consumen niños wayuu: hallaron posible presencia de heces de animales. Foto: ContraloríaPERIODISTA JUDICIAL02.09.2026 11:46 Actualizado: 02.09.2026 11:50
La Corte Constitucional ordenó adoptar medidas urgentes para garantizar agua apta para el consumo humano a comunidades Wayuu de Uribia, La Guajira, luego de constatar que niñas y niños se están abasteciendo de una fuente posiblemente contaminada con heces de animales y que tenía una coloración verdosa.La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, que declaró un estado de cosas inconstitucional por la vulneración de los derechos al agua potable, la alimentación, la salud y la participación de los niños, niñas y adolescentes Wayuu de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.La alerta surgió de los hallazgos de una inspección judicial realizada el pasado 27 de agosto en la comunidad de Waimpiralein, en el corregimiento de Jojoncito, en Uribia.Corte Constitucional Foto:Corte ConstitucionalCon apoyo técnico de la Universidad del Magdalena, una comisión de la Corte encontró que esta y otras comunidades de la zona se abastecen de un reservorio de escorrentía superficial cuyas condiciones podrían comprometer la calidad del agua para consumo humano.Las autoridades tradicionales le contaron a la Corte, además, que debido a la escasez de agua potable, las comunidades atraviesan un ciclo de abastecimiento que se deteriora progresivamente.Primero recolectan agua lluvia; después recurren a los jagüeyes y, cuando estos recursos se agotan, pasan al reservorio de escorrentía. La última y más crítica alternativa es excavar el subsuelo junto al arroyo para extraer agua directamente en tanques.Para la Corte, este panorama evidencia un "deterioro progresivo y estructural" de las fuentes hídricas de las que dependen estas comunidades.Ante el riesgo, la Sala ordenó al municipio de Uribia y a la Empresa Departamental de Servicios Públicos de La Guajira (Esepgua) que, en un plazo máximo de 48 horas desde la comunicación de la decisión, pongan en marcha un esquema temporal para abastecer con agua apta para consumo humano a Waimpiralein y a las demás comunidades que demuestren que utilizan directamente la fuente inspeccionada.El agua deberá ser llevada en carrotanques suministrados por la Alcaldía de Uribia y almacenada en tanques aportados por Esepgua. El esquema tendrá que garantizar un suministro periódico, suficiente y accesible, además de establecer controles sobre la calidad del agua, los volúmenes, la frecuencia de entrega, las rutas, los responsables y las fuentes de financiación.De hecho, la Corte dio apenas 24 horas a la Alcaldía y a Esepgua para presentar un plan operativo inicial y cinco días hábiles para entregar un documento consolidado que detalle cómo funcionará el abastecimiento.Filtros y una solución de fondoLas órdenes también cobijan al Ministerio de Vivienda. La cartera tendrá 15 días hábiles para presentar y poner en funcionamiento, junto con las demás autoridades y con participación de la comunidad, una alternativa temporal de tratamiento o filtros de purificación que sea técnicamente adecuada para las condiciones de la fuente encontrada.Además, deberá realizarse en máximo 10 días hábiles una mesa técnica para evaluar las alternativas, establecer compromisos, responsables, plazos y recursos para atender la situación.La Corte dejó claro, sin embargo, que los carrotanques, los tanques y los filtros son apenas medidas de emergencia y no pueden convertirse en la solución permanente para estas comunidades.Corte Constitucional Foto:Cortesía"Su naturaleza es estrictamente cautelar, instrumental y transitoria", señaló la Sala, que advirtió que estas medidas no relevan a las autoridades de encontrar soluciones sostenibles que garanticen permanentemente la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua. Incluso alertó sobre el riesgo de que una respuesta creada para atender una emergencia termine convirtiéndose, por "inercia institucional", en sustituto de las obligaciones estructurales del Estado.Por eso, el Ministerio de Vivienda, la Alcaldía de Uribia y Esepgua tendrán 30 días hábiles para presentar una propuesta técnica preliminar que plantee una solución sostenible de abastecimiento de agua para Waimpiralein y las demás comunidades directamente afectadas.Finalmente, la Procuraduría deberá vigilar el cumplimiento de las medidas, con especial atención a la protección de los niños, niñas y adolescentes Wayuu, mientras que el Ministerio del Interior tendrá que traducir la decisión al wayuunaiki y garantizar que sea divulgada entre las autoridades tradicionales y las comunidades cobijadas por las órdenes.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







