NoticiaEl expediente regresó a la Corte Suprema en 2025, luego de que la JEP rechazara su sometimiento por falta de aportes significativos a la verdad.Corte niega impedimento y juicio contra Piedad Zuccardi por presuntos nexos con paramilitares entra en recta final Foto: ArchivoPERIODISTA JUDICIAL02.09.2026 16:57 Actualizado: 02.09.2026 16:57
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó un impedimento presentado por la magistrada Paula Andrea Ramírez Barbosa y decidió que podrá seguir participando en el juicio que se adelanta contra la exsenadora Piedad Zuccardi de García por el delito de concierto para delinquir agravado.El proceso contra la excongresista tiene más de una década de recorrido en el alto tribunal y está relacionado con sus presuntos vínculos con grupos paramilitares que operaban en Bolívar. Tras resolver este impedimento, el expediente está en su recta final y se encuentra pendiente de la culminación de la audiencia pública de juzgamiento, con la presentación de los alegatos finales.La investigación tiene origen en declaraciones de integrantes del Bloque Montes de María de las autodefensas. Según el expediente, Zuccardi y su esposo, el también excongresista Juan José García, como dirigentes del movimiento Nueva Fuerza Liberal, habrían participado en reuniones con esa estructura ilegal para acordar aspectos relacionados con la campaña de Alfonso López Cossio a la Gobernación de Bolívar en 2003.También aparece reseñada una reunión realizada hacia finales de 2001 en Casaloma, jurisdicción de Arjona, que habría tenido como propósito la presentación de las autodefensas en la región de los Montes de María. El expediente menciona, además, un encuentro anterior, en enero de 2000, con Carlos Castaño y Salvatore Mancuso, en el que se habría discutido la solicitud del Eln de despejar el sur de Bolívar.Por estos hechos, el 21 de octubre de 2013 la Sala Penal acusó formalmente a Zuccardi por concierto para delinquir agravado, por la posible promoción de grupos armados ilegales. Esa decisión quedó en firme el 9 de diciembre de ese mismo año. El paso de Zuccardi por la JEPEl juicio comenzó el 28 de marzo de 2019, pero meses después quedó suspendido. El 25 de septiembre de ese año el expediente fue enviado a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), luego de que Zuccardi solicitara su sometimiento a ese tribunal.Sin embargo, cinco años después, el 16 de septiembre de 2024, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP rechazó su ingreso por el “incumplimiento de su obligación de efectuar aportes significativos a la verdad”.El expediente regresó entonces a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema el 18 de marzo de 2025 para que continuara el juicio. El nuevo capítulo del proceso comenzó el pasado 10 de agosto, cuando la magistrada Paula Andrea Ramírez Barbosa, recientemente posesionada, manifestó que estaba impedida para seguir conociendo el expediente porque años atrás había intervenido en el mismo caso como procuradora delegada para la Casación Penal.Durante esa etapa, Ramírez Barbosa comisionó a un procurador judicial para que asistiera, en representación del Ministerio Público, a unas inspecciones judiciales ordenadas en septiembre de 2018. Su participación en el expediente se extendió hasta marzo de 2019, cuando la Procuraduría reasignó el caso.La magistrada argumentó que ese conocimiento previo del expediente podía haber generado un “preconcepto” capaz de afectar su imparcialidad y objetividad al momento de participar ahora en el juzgamiento de la exsenadora.Sus colegas de la Sala de Primera Instancia, sin embargo, rechazaron inicialmente el impedimento al considerar que su intervención como procuradora no tuvo suficiente fuerza para apartarla del juicio. Luego, el asunto pasó a manos de la Sala de Casación Penal, que ratificó esta decisión.La Corte verificó que la entonces procuradora se limitó a comisionar a otro funcionario para acompañar unas inspecciones judiciales realizadas el 26 de septiembre y el 10 de octubre de 2018. Además, esas diligencias recayeron sobre otros expedientes y Ramírez Barbosa ni siquiera participó personalmente en ellas.El alto tribunal concluyó que la magistrada tampoco fijó posiciones sobre la conducta investigada ni sobre la responsabilidad de la exsenadora que pudieran comprometer su ecuanimidad.Por esa razón, la Sala Penal declaró infundado el impedimento y ordenó devolver inmediatamente el expediente a la Sala Especial de Primera Instancia, donde deberá continuar el juicio. Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.









