La Corte Suprema admitió competencia originaria para resolver si una cláusula transitoria habilita al gobernador Gildo Insfrán a competir por un noveno mandato consecutivo. El debate sobre reelección y alternancia también atraviesa, con matices, al propio Consejo de la Magistratura La resolución, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no adelanta el fondo del asunto: solo habilita al tribunal a tratar el caso en instancia única, sin pasar por otras instancias judiciales, un camino reservado a conflictos en los que una provincia es parte demandada y está en juego una cuestión de naturaleza federal, como la vigencia de los artículos 1º, 5º y 123 de la Constitución Nacional. El litigio lo impulsó la Confederación Frente Amplio Formoseño, con el patrocinio de Agostina Villaggi y Rodolfo Basques, contra la Cláusula Transitoria Cuarta de la nueva Constitución formoseña. Esa norma dispone que el mandato actual de Insfrán y su vice, Eber Solís, debe contarse como "primer período", lo que en los hechos habilitaría una novena candidatura del gobernador y una tercera del vicegobernador.

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