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La SBS flexibilizó temporalmente las condiciones para el pago de créditos de personas y empresas afectadas por el Fenómeno El Niño, permitiendo que las entidades financieras modifiquen sus cronogramas cuando una situación excepcional reduzca de manera transitoria la capacidad de pago del deudor. La medida alcanza a quienes mantienen un buen comportamiento crediticio y busca evitar que una dificultad temporal termine convirtiéndose en un deterioro de su historial financiero.
La disposición, vigente desde el 24 de agosto, establece criterios para que las empresas del sistema financiero puedan adecuar las condiciones de los contratos a los nuevos flujos de ingresos que razonablemente se esperan del cliente. La modificación, bajo determinadas condiciones, no será considerada una refinanciación.
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La principal diferencia es que un cliente que enfrente una afectación temporal no necesariamente tendrá que asumir el tratamiento de una refinanciación si requiere modificar su cronograma. La entidad financiera podrá evaluar la situación y, si corresponde, ajustar las condiciones del préstamo.








