La Dirección General de Tráfico suele establecer campañas especiales de vigilancia de forma periódica; en este caso, durante la primera semana de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se centraron en el control de la velocidad en las carreteras, por lo que colocaron 3.466 puntos de control y verificaron la velocidad de 1.037.333 vehículos. Del total de coches controlados por la Benemérita, una cifra de 69.231 conductores (6,7%) fueron denunciados por exceder los límites de velocidad permitidos, lo que supone un incremento del 0,5% en relación con la campaña realizada en abril de este 2026, cuando el porcentaje de conductores infractores alcanzó el 6,2% de los vehículos controlados. A estos resultados es habitual que se sumen los controles que las policías autonómicas y locales realizan en el ámbito de su competencia. ¿En qué carreteras se registran más multas de velocidad y cuál presenta el mayor índice de infracción?La mayoría de las denuncias se concentran en las vías de alta capacidad, pero las carreteras convencionales muestran un comportamiento más preocupante. Según los datos de la DGT, más de la mitad de las infracciones se registraron en autopistas y autovías, acumulando un total de 38.303 denuncias (el 55,3% del total). Por su parte, en las carreteras convencionales se denunció a 28.599 conductores (41,3%), mientras que en travesías se formularon 2.329 sanciones (3,4%).Sin embargo, si analizamos la proporción sobre los vehículos realmente controlados, las carreteras secundarias lideran la estadística. En estas vías secundarias, el porcentaje de infractores alcanzó el 7,05% de los controlados, lo que supone casi un punto más que en la anterior campaña de abril. En autopistas y autovías, esta tasa se mantuvo estable en un 6,37%. ¿Cuándo la velocidad pasa de una infracción administrativa a un delito penal y qué castigos conlleva? El artículo 379.1 del Código Penal español castiga a quien conduzca un vehículo a motor superando en 60 km/h el límite permitido en vía urbana, o en 80 km/h en vía interurbana. Durante esta campaña estival, un total de 19 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder la velocidad permitida en más de 80 km/h. Esta cifra casi triplica la registrada hace solo dos años.Las consecuencias penales para estos infractores graves contemplan penas de prisión de tres a seis meses, multas de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Asimismo, la ley impone de manera obligatoria la privación del derecho a conducir por un tiempo que oscila entre uno y cuatro años.Más conductas graves equivalentes al delito por exceso de velocidad El Código Penal español equipara la gravedad del exceso de velocidad con otras infracciones muy graves. Según detalla el artículo 379.2, se castigará con las mismas penas descritas para la velocidad a aquellos conductores bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.Además, la legislación española especifica que se aplicará el mismo castigo en todo caso a quien supere una tasa de alcohol en aire espirado de 0,60 miligramos por litro, o una tasa en sangre superior a 1,2 gramos por litro.