El más reciente reporte de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) señaló que el terremoto ha dejado 287 personas fallecidas.Foto: Mauricio Alvarado LozadaResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00Tras el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país en la mañana del pasado lunes 10 de agosto, el gobierno del presidente Abelardo de la Espriella expidió el decreto 1261 de 2026, con el cual declaró el estado de emergencia. Según detalla el documento, el Ejecutivo tomará medidas especiales para hacerle frente a la tragedia que ha dejado más de 300 muertos, 4.000 familias y más de 115.000 personas afectadas, según cifras de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). En el documento además se enuncian medidas especiales que se tomarán en relación con la justicia.Podría interesarle: Lista de Medicinal Legal sobre desaparecidos por el terremoto en Colombia pasa de 348 a 262De acuerdo con el documento de 29 páginas, por el terremoto distintas estructuras sufrieron graves daños, incluidas “instalaciones la administración justicia, notarías, de organismos control y sedes entidades oficiales”. Estas afectaciones, reza en el documento, “comprometen la continuidad, disponibilidad indispensables para la protección y garantía de derechos, la seguridad jurídica y resolución conflictos, en un contexto en el que aumentan las necesidades orientación jurídica, protección de derechos y adopción de medidas urgentes en favor de personas afectadas”, haciendo crucial intervenir con medidas especiales.Según el documento del gobierno, se tomarán acciones para proteger a las personas vulnerables que estén bajo custodia de las autoridades. Por ejemplo, señala que se dictarán medidas con el fin de “proteger la vida e integridad de la población privada de la libertad y del personal de custodia, garantizar la seguridad penitenciaria y la continuidad de los servicios de justicia -incluidos los prestados por las Casas de Justicia y Centros de Convivencia Ciudadana, las Comisarías de Familia, el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y el servicio notarial-”.Le recomendamos: Defensa de Lili Pink denuncia supuesta venta ilegal de prendas decomisadas por la DianDentro de lo que plantea el decreto está “la adecuación de las condiciones de prestación de los servicios, la implementación de mecanismos de contingencia y modalidades alternativas de atención, la habilitación de herramientas tecnológicas, la protección y recuperación de los sistemas de información y los archivos afectados, la disposición oportuna de los recursos administrativos, técnicos, logísticos y presupuestales necesarios”, logrando restablecer la normalidad en todos los distritos judiciales que resultaron afectados por el terremoto.Para financiar la reconstrucción física de los juzgados y despachos, el gobierno plantea la creación de un fondo de emergencia así como el uso de mecanismos rápidos de contratación de obras. Por eso el decreto señala que se autorizan “mecanismos ágiles de adquisición, adecuación y contratación de infraestructura, con estricta segregación material, presupuestal, contable y contractual entre la atención de la emergencia y el déficit histórico, y con observancia del control fiscal y disciplinario correspondiente”. Todo, señala, para que los recursos extraordinarios se empleen exclusivamente en superar la calamidad y no para solventar deudas acumuladas del sector judicial.Conozca más: Entre bombardeos y ataques: así arranca la estrategia de “mano dura” de De la EspriellaEn cuanto a las prisiones afectadas por el terremoto, se establece un plan de clasificación y regionalización de la infraestructura carcelaria. Se prevé que “podrá clasificarse cada establecimiento entre los que admiten reparación o reforzamiento y aquellos cuya antigüedad, vulnerabilidad, costo de intervención, localización o condiciones operacionales hagan más conveniente su sustitución, habilitándose la construcción de infraestructura penitenciaria regional mayor capacidad únicamente cuando la evaluación oficial demuestre que reparar individualmente establecimientos afectados reproduciría o resultaría menos costoso o insuficiente”.Para solventar la imposibilidad física de algunos despachos, la norma autoriza la flexibilización de las estrictas competencias de los jueces. Se afirma que “las reglas ordinarias de competencia territorial, funcional, de reparto y de asignación de procesos pueden impedir determinados asuntos urgentes radicados o en curso ante despachos materialmente sean asumidos de manera inmediata por autoridades judiciales ubicadas en otros distritos, aun cuando estas cuenten temporalmente con capacidad para prestar servicio”. Por eso, sostiene que se requieren repartos flexibles para tutelas, habeas corpus o solicitudes de libertad mediante el uso de tecnologías para garantizar el acceso al servicio.El decreto también sostiene que las medidas especiales “deberán limitarse a remover los obstáculos legales que impidan una respuesta nacional eficaz y conservar en el Consejo Superior de la Judicatura la definición e implementación operativa del reparto, redistribución o reasignación los asuntos”. Señala que las excepcionalidades buscan “preservar el normal funcionamiento de la Rama Judicial, sin alterar las funciones básicas de acusación y juzgamiento ni la independencia y autonomía judicial”, de forma que se garantice un reparto temporal, objetivo y verificable de aquellos trámites urgentes.Lo contemplado en el decreto para la justicia, señala, “deberá respetar la especialidad y categoría de los despachos, las reglas impedimentos y recusaciones, derecho a un juez imparcial, doble instancia cuando proceda, derecho a la defensa y la integridad del expediente y trazabilidad de actuaciones”, autorizando además a “suspender de manera general la prescripción de la acción de tutela” y reasignar los casos originados en zonas afectadas “a despachos con capacidad efectiva para decidirlas oportunamente cuando despacho ordinariamente competente se encuentre materialmente impedido”.Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.Conoce másTemas recomendados: