En España la Agencia Tributaria vigila muy de cerca los pagos con dinero en efectivo para acotar el blanqueo de capitales. Es por este motivo que en nuestro país no pueden realizarse transacciones comerciales de más de 1.000 euros en metálico según lo establecido en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.Ahora bien, la Unión Europea también se está preparando para implantar su propia normativa que regule los pagos en efectivo. En este sentido, el Reglamento (UE) 2024/1624 prevé establecer un límite máximo de 10.000 euros para las transacciones que se realicen en metálico en cualquier Estado miembro. Por el momento, está previsto que entre en vigor el próximo 10 de julio de 2027.

A tener en cuenta

La nueva disposición matiza que ningún país podrá fijar importes superiores a 10.000 euros para pagos en efectivo, aunque sí tienen permitido imponer limitaciones más estrictas si lo considerasen necesario. Teniendo en cuenta que en España este tipo de transacciones ya están restringidas a 1.000 euros, la normativa europea no cambiaría la legislación nacional vigente.

Al igual que en nuestro país, el límite europeo de los 10.000 euros se aplicará principalmente a las transacciones comerciales, por lo que no se considerará para pagos entre particulares que no sean de ámbito profesional ni a los que se realicen en las entidades de crédito, emisoras de dinero electrónico y proveedoras de servicios de pago. En estos dos últimos casos continuará aplicándose la legislación nacional.