NoticiaAnálisis de Russell Bedford detalla qué tipo de ayudas generan beneficios tributarios, y qué requisitos hay que cumplir para no perder el descuento.Entrega de ayudas en El Campín para los damnificados del terremoto en Colombia. Fotógrafo: MILTON DÍAZ Foto: Milton Díaz14.08.2026 07:12 Actualizado: 14.08.2026 07:13
Antes de enviar donaciones a las zonas afectadas por el terremoto de magnitud 7,4 en el Chocó, las empresas deben resolver tres preguntas: qué necesitan las comunidades, quién recibe la ayuda y que documentos entregará la organización receptora. Una donación sin ese soporte bien puede ayudar en el terreno, pero ojo, podría estar perdiendo el beneficio tributario. LEA TAMBIÉN El sismo dañó viviendas, hospitales, colegios, carreteras y aeropuertos, y dejó al país frente a dos retos simultáneos: atender a las familias en este instante y financiar una reconstrucción que necesitará de recursos públicos y privados. Un análisis de la firma Russell Bedford explica qué donaciones tienen beneficio sobre el impuesto a la renta. “Es una oportunidad para recordar que el Estado les permite a las compañías que quieren ayudar de forma solidaria y altruista acceder a beneficios tributarios", señala Roger Román, socio de impuestos de la firma, aunque aclara que esto no significa que el Estado devuelva dinero ni convierte cualquier ayuda en un alivio de impuesto automático. Impuesto. Foto:iStockQué entregar y cuánto se reconoce Alimentos y artículos de aseo entregados a bancos de alimentos amparados por la Ley 2380 de 2024 dan un reconocimiento de hasta el 37 por ciento. del valor donado. Para otros bienes como camillas, equipos de rescate y para dinero, el artículo 257 del Estatuto Tributario considera el 25 por ciento. En ambos casos, la entidad receptora debe estar calificada en el Régimen Tributario Especial o hacer parte de las entidades no contribuyentes autorizadas. Tener RUT, abrir una colecta digital o anunciar una campaña no es suficiente. Bienes admitidos de 50 millones de pesos podrían generar hasta 18,5 millones de beneficio bajo la tarifa del 37 por ciento. Sin embargo, la ley establece que estos beneficios no pueden superar el 25 por ciento del impuesto de renta que debe pagar el donante. Si el beneficio supera ese límite permitido, el excedente podrá usarse al año siguiente. La reconstrucción: obras por impuestosPara la siguiente fase existe el mecanismo de Obras por Impuestos, con el cual ciertos contribuyentes pueden destinar hasta el 50 por ciento de la obligación de renta a proyectos públicos con prioridad. "No es un beneficio tributario, es la forma de pagar tu impuesto de renta", aclara Román. No es suficiente construir en una zona afectada: se debe cumplir con los criterios territoriales y empresariales, ingresar al banco debido y seguir el procedimiento ante las autoridades competentes. No cualquier municipio es válido: las compañías con interés deben verificar desde ya si el proyecto, lugar y modalidad escogida cuentan con el beneficio.Los soportes que exige la DianLa empresa debe verificar la calidad tributaria del destinatario y solicitar un certificado firmado por el representante legal, contador o revisor fiscal, con fecha, tipo de entidad, valor del bien y destinación. Si los productos salen del inventario, se debe emitir factura electrónica y comprobar si hay IVA. Los documentos que certifican la donación, como registros contables, comprobantes bancarios, pruebas de valor comercial y constancias de transporte, deben conservarse en caso de que la Dian realice una revisión. Las entregas de agosto de 2026 se reflejarán en la declaración de 2027, no en la de 2025 que hoy vence para personas naturales. "Hay dos momentos: el inmediato, que es donar; y sobre todo el que viene, que es la reconstrucción", concluye Román. Con información de un análisis de Russell Bedford. LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.














