Solo durante 40 minutos, hasta las 7 de la noche, estará expuesto para comentarios el borrador de norma del Ministerio de Hacienda, para modificar el calendario tributario y permitir que los afectados por el terremoto del 10 de agosto posterguen el cumplimiento de la obligación con la Dian.Este 12 de agosto inicia el calendario con los vencimientos, según los dos últimos dígitos de la cédula del contribuyente, para presentar la declaración de renta.No obstante, en medio de la emergencia económica y social, propiciada por la grave afectación que deja el terremoto, en algunos departamentos se aplazan las fechas.En qué zonasLa norma aplica si se tiene domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a las direcciones seccionales de impuestos de Cali (05), de impuestos y aduanas de Palmira (15), de impuestos y aduanas de Tuluá (21) y de impuestos y aduanas de Buenaventura (35), en el departamento del Valle del Cauca; de impuestos y aduanas de Pereira (16), en el departamento de Risaralda; de impuestos y aduanas de Armenia (01), en el departamento del Quindío; de impuestos y aduanas de Manizales (10), en el departamento de Caldas; de impuestos y aduanas de Quibdó (18) en el departamento del Chocó; y de impuestos y aduanas de Popayán (17), en el departamento del CaucaNoticia en desarrollo...
Aplazamiento del calendario para pago del impuesto de renta en zona afectada por terremoto. Este es el borrador de norma del MinHacienda
En tiempo récord, quienes tengan algo que opinar, podrán hacerlo, pues pronto será confirmada la medida urgente. Vea las zonas en las que los contribuyentes podrán postergar el pago tributario.







