La mayoría llegaron a nado, aunque algunos entraron a pie. Entre 5.000 y 8.000 inmigrantes de procedencia marroquí y subsahariana permanecen desde hace dos semanas en las playas y las calles de Ceuta. Muchos son menores. El gobierno de Marruecos reclama la vuelta de sus niños. El Ejecutivo español asegura que todos serán repatriados. Pero los días van pasando y los asentamientos de inmigrantes se consolidan en la ciudad autónoma. ¿Por qué es tan difícil expulsar del territorio español a las personas que llegaron de forma irregular?La ley española, muy garantista, establece un procedimiento largo y complejo para decretar la expulsión de las personas que permanecen en territorio español tras haber accedido de forma ilegal. En estos casos se aplican la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX) y su reglamento de desarrollo, Real Decreto 1155/2024, vigente desde el 20 de mayo de 2025.Según esta normativa, se puede proceder a la expulsión de las personas que están en esta situación mediante un largo procedimiento cuyo primer paso es la identificación. Así y de acuerdo con el artículo 23.2 del reglamento, se deberá determinar sobre cada uno de los inmigrantes su identidad, nacionalidad, edad, circunstancias de entrada, si tiene documentación, si existe una prohibición de entrada, si tiene antecedentes de expulsión/devolución, si solicita protección internacional, si existen indicios de trata, si puede ser menor de edad y cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad.Migrantes en Ceuta, ayerLaura Rincón / EFEA la hora de emprender este procedimiento, todos los afectados tienen derecho a asistencia jurídica gratuita y a un intérprete si no hablan español. Tras ser oído, el inmigrante puede estar atravesando por diferentes circunstancias. Si por ejemplo, sostiene que en su país de origen le persiguen o corre peligro de muerte, puede solicitar asilo en España. Esa petición no puede ignorarse y obliga a activar las garantías de protección internacional. La ley es más garantista con los inmigrantes que solicitan asilo y proceden de países considerados “no seguros” como por ejemplo Siria, Afganistán, Sudán o Ucrania. En cambio, si la petición de asilo llega de un ciudadano de países seguros, como Marruecos, Colombia o Egipto, el solicitante tendrá que aportar pruebas de que corre peligro en su lugar de origen. El caso de los menoresMuchos de los inmigrantes llegados a Ceuta son menores de edad. El artículo 23 del reglamento contempla que no se puede ejecutar la devolución de una persona cuando existan indicios de que puede ser menor de edad y no estar acompañada. Además, el artículo 35 de la LOEX regula un régimen específico de protección de menores extranjeros no acompañados. Así, si alguna de los inmigrantes instalados en la ciudad autónoma dice tener 16 o 17 años, o existen indicios razonables de que puede ser menor, no se puede tratar simplemente como un adulto extranjero irregular y proceder a su devolución inmediata. La ley obliga a determinar su edad y activar, en su caso, el sistema de protección de menores.La ley también establece una especial protección para las personas víctimas de trata, que no pueden ser expulsadas del país hasta que se resuelva su expediente. Las posibles víctimas de trata tienen derecho a ser informadas por escrito en un idioma que comprendan y con intérprete si es necesario. Además, deben conocer sus derechos y saber que pueden ser derivadas a servicios sociales y sanitarios. En su caso, la identificación se realizará por personal policial con formación y cualificación específica, se hará una entrevista en condiciones adecuadas en ausencia de las personas pertenecientes al entorno de los explotadores y, cuando sea posible, se ofrecerá apoyo jurídico, psicológico y asistencial. También se consideran colectivos especialmente protegidos las mujeres embarazadas con riesgo médico y las personas gravemente enfermas.Los apátridasTambién puede darse el caso de que los inmigrantes instalados en Ceuta aleguen que carecen de patria. Los apátridas gozan en España de un régimen de protección especial y están legitimados para pedir formalmente que se le reconozca la apatridia ante la Oficina de Asilo y Refugio. Solo por el hecho de presentar esa solicitud se paraliza cautelarmente la ejecución de cualquier orden de expulsión. Además, la Administración puede autorizar que permanezcan en España mientras se resuelve su expediente. Si tras los trámites, el Gobierno le concede formalmente el Estatuto de Apátrida, la solicitante adquiere derechos de residencia y trabajo idénticos a los de un residente legal permanente, por lo que ya no puede ser expulsado por “falta de papeles” o mera estancia irregular.¿Quién decide la devolución?Cuando un inmigrante pretende entrar irregularmente en el país y es localizado puede procederse a la devolución, pero cuando lleva días en suelo español lo que se aplica es el proceso de expulsión que es mucho más complejo. En el caso de Ceuta corresponde al delegado del Gobierno acordar las expulsiones.No obstante hay un paso previo establecido en el artículo 58.6 de la LOEX, que determina que cuando la devolución no puede ejecutarse dentro de 72 horas desde la llegada, se solicita de la autoridad judicial la medida de internamiento en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) prevista para los procedimientos de expulsión. Los inmigrantes que permanecen en Ceuta entraron en la ciudad autónoma a finales de julio, por lo que se ha excedido el plazo de las 72 horas. No obstante, en Ceuta no hay CIE. Existe un CIE en Algeciras con capacidad para 500 personas. Los ceutíes disponen de un Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes, que funciona de forma abierta y está saturado. Tampoco hay jueces suficientes. La ciudad autónoma cuenta con dos juzgados de lo contencioso-administrativo, que son los encargados de ocuparse de los asuntos de extranjería.El procedimiento de expulsiónDada la avalancha de personas llegadas a Ceuta el pasado 31 de julio no se han podido realizar la mayoría de los trámites legales establecidos en la normativa. No se ha procedido a los internamientos, cuya duración máxima es de 60 días, y los procesos de identificación son muy lentos. Cuando se avance en estos trámites la delegación del Gobierno en Ceuta podrá iniciar de oficio los expedientes sancionadores de expulsión tras la debida propuesta policial.Se pueden tomar medidas cautelares tales como la retirada del pasaporte o la obligación de presentarse periódicamente ante las autoridades. Tras la apertura del proceso, el extranjero dispone de un plazo breve, de entre 48 horas y 15 días, para presentar pruebas y alegaciones con asistencia legal. La Administración tiene un plazo de seis meses para dictar resolución y notificarla. Las órdenes de expulsión se pueden recurrir en la vía administrativa o mediante recurso contencioso-administrativo ante los tribunales. Si la Administración no resuelve en esos seis meses, el expediente se archiva y eso puede provocar que muchos de los inmigrantes afectados permanezcan en territorio español. Ese archivo no les otorga ni la nacionalidad ni el permiso de residencia, pero sí provoca que la orden de expulsión decaiga y que se eliminen las medidas cautelares si se habían impuesto. En estos casos se puede abrir un nuevo expediente, pero hay que repetir todo el procedimiento.Así, si el Gobierno pretende expulsar a las entre 5.000 u 8.000 personas extranjeras que se han afincado en Ceuta, tendrá que realizar los trámites con rapidez. También deberá hacerlo de forma muy escrupulosa y siguiendo los mandatos legales al dedillo. La exdelegada del gobierno en Cauta Salvadora Mateos y la expresidenta del Gobierno de la ciudad autónoma Mabel Deu fueron condenadas por prevaricación a nueve años de inhabilitación por la Audiencia Provincial de Cádiz al haber repatriado de forma exprés a 55 menores marroquís en 2021 sin cumplir con todos los trámites procedimentales.Licenciada en Derecho (UB) y en Periodismo (URL). Graduada en Estudios Literarios (UB). Máster AGT (Esade). Redactora de Cultura de La Vanguardia
¿Por qué es tan difícil expulsar a los inmigrantes que llegaron a Ceuta de forma irregular?
La ley española es muy garantista y establece largos procedimientos para acordar el regreso a sus países de las personas que han logrado permanecer más de 72 horas en territorio español











