NoticiaLa Resolución 0961 blinda de forma “definitiva” 48,3 millones de hectáreas del bioma amazónico frente a nuevas concesiones mineras y de hidrocarburos.La medida, firmada horas antes del cambio de gobierno, excluye de forma permanente 48,3 millones de hectáreas de nuevas concesiones extractivas, aunque deja en pie los proyectos ya contratados. Foto: EcopetrolPERIODISTA DE MEDIOAMBIENTE Y SALUD06.08.2026 18:04 Actualizado: 06.08.2026 18:04

Un día después de delimitar el páramo Cruz Verde–Sumapaz, y a escasas horas de la llegada al poder del Gobierno de Abelardo de La Espriella, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible firmó una segunda decisión de gran calado: la Resolución 0961 de 2026, “por medio de la cual se delimita y declara el bioma amazónico colombiano como una reserva de los recursos naturales renovables y del ambiente con carácter definitivo”. El acto administrativo, también suscrito por la ministra encargada Irene Vélez Torres, cubre 483.283,55 kilómetros cuadrados —cerca del 42% del territorio continental del país—, repartidos en 61 municipios de diez departamentos: la totalidad de Caquetá, Putumayo, Amazonas, Guainía, Guaviare y Vaupés, y una porción de Meta, Vichada, Cauca y Nariño. LEA TAMBIÉN A diferencia de la delimitación del páramo, que traza un límite ecosistémico, esta resolución activa una figura distinta: la reserva de recursos naturales renovables del artículo 47 del Código de Recursos Naturales (Decreto Ley 2811 de 1974), una herramienta legal de más de medio siglo que permite al Estado sustraer una región completa de la posibilidad de conceder su explotación a particulares. El Ministerio la había usado antes de forma parcial; nunca sobre la totalidad de la Amazonía colombiana.La ministra (e) de Ambiente, Irene Vélez, firmó la resolución. Foto:César Melgarejo. El Tiempo¿Qué significa esta decisión?En la práctica, la reserva funciona como un candado administrativo: mientras esté vigente, ningún funcionario ni entidad del Estado puede legalmente otorgar nuevos títulos mineros ni contratos de hidrocarburos sobre esa superficie, sin importar que exista una solicitud en trámite. La resolución no crea un área protegida en el sentido tradicional —no es un parque nacional ni cambia el régimen de las figuras de conservación ya existentes— sino que excluye un uso específico del suelo: la extracción de minerales e hidrocarburos a futuro. En ese sentido, el saliente Ministerio de Ambiente liderado por Irene Vélez sustenta la medida en dos principios del derecho ambiental —prevención y precaución— y en un diagnóstico que, según el Documento Técnico de Soporte (DTS) elaborado por la cartera, identifica un “riesgo crítico” sobre el bioma: entre 2016 y 2023 la Amazonía colombiana perdió 788.000 hectáreas de bosque —el 60% de toda la deforestación del país en ese periodo— y solo entre 2022 y 2024 se perdieron 261.000 hectáreas adicionales. El documento describe un “efecto espina de pescado”: la apertura de vías asociadas a proyectos extractivos habilita, según el análisis, la proliferación de carreteras secundarias que facilitan colonización, tala ilegal y cultivos de uso ilícito más allá de las áreas autorizadas.La resolución también responde a un contexto de expansión de solicitudes: de acuerdo con cifras de la Agencia Nacional de Minería citadas en el propio acto, sobre el área hoy declarada como reserva pesaban 164 títulos mineros vigentes (104.910 hectáreas) y 284 solicitudes adicionales en trámite (390.230 hectáreas), además de 183 Áreas Estratégicas Mineras —una figura que cubre cerca de 38 millones de hectáreas y que, aunque fue suprimida del ordenamiento por la Corte Constitucional en 2015, seguía habilitando la posibilidad de conceder títulos individuales—. En hidrocarburos, la Agencia Nacional de Hidrocarburos reportó 39 contratos vigentes: 22 en fase exploratoria (casi 1,5 millones de hectáreas), 13 en producción y 4 en evaluación. LEA TAMBIÉN El Gobierno saliente expidió una resolución que excluye la Amazonia de nuevas concesiones mineras. Foto:PNNLa decisión se apoya, además, en un antecedente judicial: en 2018 la Corte Suprema de Justicia reconoció a la Amazonía colombiana como "sujeto de derechos", titular de protección, conservación y restauración a cargo del Estado (sentencia STC4360-2018), y en 2025 la Corte Constitucional la calificó como "conjunto ecosistémico de especial protección constitucional" (Sentencia T-106 de 2025).La decisión llega apenas horas antes del cambio de gobierno: el Ministerio la expidió el 4 de agosto, tres días antes de que Abelardo de la Espriella, ganador de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio, se posesione este viernes 7 de agosto en Cali. Durante toda su campaña el próximo jefe de Estado defendió una agenda opuesta en la materia: prometió reactivar la exploración y explotación de hidrocarburos y “abrirle plenamente la puerta” al fracking, al que calificó como una “tecnología moderna y responsable” para recuperar la producción petrolera del país. Su ministro de Ambiente designado, Fabio Arjona, ya adelantó que sí habrá fracking “en algunas zonas” bajo estándares exigentes, mientras que el vicepresidente electo, José Manuel Restrepo, ha insistido en que la técnica es viable “siempre que se implemente con responsabilidad”. De la Espriella ha dicho que respetará páramos y zonas de especial protección ambiental, pero no se ha pronunciado específicamente sobre esta reserva de la Amazonía, que —al tratarse de un acto administrativo vigente y no de una ley— podría convertirse en uno de los primeros puntos de fricción entre la nueva administración y el legado ambiental del gobierno saliente. LEA TAMBIÉN Lo que queda prohibidoEl artículo 4 de la resolución excluye del área declarada:El otorgamiento de nuevas concesiones mineras, contratos especiales de exploración y explotación, o cualquier otro contrato para la exploración o explotación de minerales.La celebración de nuevos contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, convencionales o no convencionales, incluidos los contratos de evaluación técnica (TEA).El otorgamiento de nuevas licencias, permisos o autorizaciones ambientales para adelantar esas dos actividades dentro del área reservada.El Gobierno excluyó de nuevas concesiones extractivas 48,3 millones de hectáreas del bioma amazónico Foto:Jaime Moreno. Archivo EL TIEMPOLo que se permite —y las excepciones que genera más debateLa reserva no es una prohibición total de actividad económica ni un vaciamiento de derechos existentes. El artículo 5 aclara que no restringe otros usos del suelo distintos a la minería y los hidrocarburos, no afecta el derecho de disposición sobre predios privados, no limita los procesos de formalización de tierras ni la constitución de nuevas zonas de reserva campesina, y respeta la autonomía de los pueblos indígenas para disponer de los recursos naturales dentro de sus propios territorios.El punto más sensible —y el que probablemente concentrará el debate técnico y político en las próximas semanas— está en los artículos 6 y 7, que fijan regímenes de excepción para proyectos ya en marcha:En minería, los proyectos que cuenten simultáneamente con título minero vigente, instrumento técnico aprobado y licencia o instrumento ambiental vigente podrán seguir operando hasta el vencimiento de su contrato, sin posibilidad de prórroga. También podrán completar sus trámites los contratos especiales o diferenciales de concesión y las solicitudes de legalización ya radicadas antes de la resolución. Además, durante la vigencia de la reserva se podrán autorizar proyectos de pequeña minería de materiales de construcción, materiales de arrastre y asfaltita, destinados al desarrollo de las entidades territoriales y al mantenimiento de vías —excepción que, según el propio texto, no aplicará dentro de los territorios indígenas del departamento del Amazonas.En hidrocarburos, los proyectos en fase de producción con licencia ambiental vigente, y los que estén en fase de exploración con contrato e instrumento ambiental vigentes, podrán continuar hasta el fin de su plazo contractual, también sin prórroga.La resolución es enfática, en su artículo 8, en que estas excepciones no relajan el estándar ambiental: seguirán exigiendo el cumplimiento estricto de la normativa vigente y no eximen a esos proyectos de tramitar los permisos que correspondan.El acto administrativo deja constancia de que la consulta previa con los pueblos indígenas de la Amazonía —a través de la Mesa Regional Amazónica, creada en 2005— ya se surtió, en una sesión ampliada realizada el 19 y 20 de julio de 2026. Distinto es el caso de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras: el proceso consultivo con sus consejos comunitarios, dice la resolución, “permanece inconcluso”. Por eso el artículo 13 establece, de forma transitoria, que la reserva no producirá efectos sobre los territorios colectivos de estas comunidades hasta que dicho proceso culmine, cuando sus resultados deberán incorporarse mediante un acto administrativo adicional. LEA TAMBIÉN Lo que busca la medida, según el Gobierno PetroEl argumento central, tanto en la resolución como en el comunicado del Ministerio, es la función reguladora del bioma sobre el clima y el ciclo del agua del país. Según cifras del Foro Económico Mundial citadas en el acto, los cerca de 400.000 millones de árboles de la Amazonía liberan 20.000 millones de toneladas de agua al aire cada día —el fenómeno de los “ríos voladores”—, del que dependen 670 millones de habitantes en América Latina y hasta el 50% de la humedad que alimenta la precipitación en la cordillera oriental y en páramos como Chingaza, clave para el abastecimiento de agua de Bogotá.La resolución también invoca el riesgo de que la selva alcance un tipping point o punto de no retorno —un umbral a partir del cual perdería su capacidad de autorregeneración y se transformaría en un ecosistema tipo sabana— y advierte que la Amazonía, uno de los mayores sumideros de carbono del planeta con cerca de 6,5 gigatoneladas almacenadas, muestra ya señales de debilitamiento que podrían convertirla en fuente neta de emisiones.“Durante décadas, la Amazonía se entendió como un frente extractivo y de expansión de los modos de producción capitalista (...) Colombia es el primero, de los ocho países amazónicos, que decide reconocerla como lo que realmente es, una infraestructura natural que es indispensable para el agua, para la estabilidad climática, para la protección de la biodiversidad y para la pervivencia cultural de los pueblos”, afirmó la ministra Vélez Torres, según el comunicado oficial del Ministerio.La región amazónica vive una degradación acelerada por la deforestación. Foto:Edwin Caicedo. EL TIEMPOLa cartera destaca, además, que el 22,9% del área declarada ya integra el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y que cerca del 55% —unos 26,8 millones de hectáreas— corresponde a resguardos indígenas, cuyos territorios, según el documento técnico del propio Ministerio, conservan el 99,5% de su cobertura natural intacta y concentran cerca del 78% del carbono almacenado en la biomasa amazónica colombiana.Con esta decisión Colombia asume ante el resto de países amazónicos (Brasil, Perú, Ecuador, Bolivia, Venezuela, Guyana y Surinam) la postura más restrictiva de la región frente a la extracción de minerales e hidrocarburos en su porción de la cuenca, justo un día antes de que llegue el nuevo Gobierno de Abelardo de La Espriella que ha sido claro en que impulsará proyectos mineros y de hidrocarburos.EDWIN CAICEDOPeriodista de Medioambiente y Salud @CaicedoUcros Sigue toda la información de Vida en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.