El abogado y comunicador legal Xavi Abat ha explicado cómo afecta una reciente sentencia del Tribunal Supremo a quienes desarrollan una actividad económica por cuenta propia. Según señala, facturar menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no evita automáticamente la obligación de darse de alta como autónomo, ya que el criterio fundamental es la habitualidad. “Si realizas una actividad habitual, directa y con ánimo de lucro, tienes que darte de alta como autónomo, aunque no llegues al Salario Mínimo Interprofesional”, asegura el experto jurídico en uno de sus vídeos publicados en TikTok. Una aclaración especialmente importante para quienes obtienen ingresos mediante trabajos puntuales, ventas en internet o la creación de contenido digital. La sentencia del Tribunal Supremo 941/2025 establece que la regularidad con la que se desarrolla una actividad económica puede obligar a cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por tanto, el importe facturado no es el único elemento que debe tenerse en cuenta para determinar si una persona debe formalizar su alta. Entre los ejemplos mencionados por Xavi Abat se encuentran la venta recurrente de productos en plataformas como Wallapop, la realización periódica de trabajos por encargo o la monetización de un canal de Twitch. Aunque los beneficios sean modestos, estas actividades pueden considerarse habituales cuando se llevan a cabo de forma continuada y con intención de obtener ganancias. El abogado también insiste en que “el SMI no es una barrera mágica”, sino únicamente un indicador que puede ayudar a valorar cada situación. En 2025, el Salario Mínimo Interprofesional estaba fijado en 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas, equivalentes a 16.566 euros brutos al año, pero mantenerse por debajo de esa cantidad no funciona como un escudo legal frente a la obligación de cotizar. La sentencia contempla, sin embargo, una excepción para los pensionistas que perciben una jubilación y realizan al mismo tiempo una actividad económica por cuenta propia. En estos casos, el SMI sí actúa como límite: para quedar exentos de cotizar, sus ingresos netos anuales, una vez descontados los gastos necesarios para desarrollar la actividad, no deben superar los 16.566 euros. El abogado y comunicador legal Xavi Abat ha explicado cómo afecta una reciente sentencia del Tribunal Supremo a quienes desarrollan una actividad económica por cuenta propia. Según señala, facturar menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no evita automáticamente la obligación de darse de alta como autónomo, ya que el criterio fundamental es la habitualidad.
Xavi Abat, abogado: "Si realizas una actividad habitual, directa y con ánimo de lucro, tienes que darte de alta como autónomo, aunque no llegues al Salario Mínimo Interprofesional"
El experto jurídico aclara que la regularidad de la actividad económica, y no solo los ingresos obtenidos, determina la obligación de cotizar en el RETA








