Publicidad5 de agosto, 2026 - 08h36En cinco días, el próximo lunes 10 de agosto, los ecuatorianos que laboran en el sector público o privado tendrán un día de descanso obligatorio por el feriado nacional en conmemoración del Primer Grito de Independencia.Como esta fecha cae lunes, no se trasladará a otro día y se unirá al fin de semana, sumando así tres días libres para los trabajadores desde el sábado 8 hasta el lunes 10.No obstante, los trabajadores de instituciones y compañías que proveen servicios básicos y de emergencia deben laborar para garantizar la continuidad operativas de áreas como salud, agua, energía y transporte.PublicidadFeriado en Ecuador: ¿viernes o lunes? Este será el día de descanso obligatorio en agostoEn estos casos y todos aquellos que trabajen en este día de asueto, deben recibir un recargo de 100 % sobre el valor de tu hora ordinaria, es decir, al doble, de acuerdo al Código del Trabajo. Este rubro se calcula con la siguiente fórmula:Divide tu salario mensual para 240 (horas laborables mensuales) y obtienes el valor de tu hora ordinaria.Multiplica ese valor por 2 y obtienes el valor de la hora en feriado.Multiplica el resultado por las horas trabajadas en el feriado.Así, si una persona gana un salario básico unificado ($ 482), el valor de la hora normal sería de $ 2,01 y el valor de la hora por feriado ascendería a $ 4,02. Si cumple la jornada completa de ocho horas, el trabajador debería recibir por el asueto $ 32,16. PublicidadPublicidadEstos son los próximos feriadosLunes 10 de agosto: Primer Grito de Independencia.Viernes 9 de octubre: Independencia de Guayaquil.Lunes 2 de noviembre: Día de los DifuntosMartes 3 de noviembre: Independencia de Cuenca.Viernes 25 de diciembre: Navidad.A estos días se suman los días de descanso por la conmemoración de las fiestas locales en las diferentes ciudades. (I)
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el feriado del 10 de agosto?
Este día de asueto es de descanso obligatorio para trabajadores del sector público y privado.








