NoticiaLa medida regirá entre las 6:00 p. m. del jueves 6 de agosto y las 6:00 p. m. del sábado 8 de agosto de 2026.La medida aplica en Bogotá, Cundinamarca y los municipios de San Juanito y El Calvario, en Meta, con excepción de Medina y Paratebueno. Foto: Policía Metropolitana de BogotáSUBEDITORA DE BOGOTÁ 05.08.2026 07:15 Actualizado: 05.08.2026 07:15
La Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional suspendió de manera temporal la vigencia de los permisos especiales para el porte de armas de fuego y armas traumáticas en Bogotá, Cundinamarca y algunos municipios del Meta, como parte de las medidas de seguridad adoptadas con motivo de la posesión presidencial.La decisión quedó consignada en la Resolución 00006458 de 2026 y establece que la suspensión estará vigente desde las 6:00 de la tarde del jueves 6 de agosto hasta las 6:00 de la tarde del sábado 8 de agosto de 2026.La medida cobija los permisos especiales de porte de armas expedidos a personas naturales y jurídicas y tendrá aplicación en Bogotá, los municipios de San Juanito y El Calvario, en el departamento del Meta, así como en el departamento de Cundinamarca, con excepción de los municipios de Medina y Paratebueno.Los permisos de porte de armas por parte de civiles están suspendidos. Foto:iStockDe acuerdo con la disposición, durante ese periodo quedará suspendida la vigencia de dichos permisos como parte del dispositivo de seguridad previsto para el desarrollo de los actos relacionados con la posesión presidencial.No obstante, la resolución mantiene las excepciones contempladas en la normatividad vigente. Entre ellas se encuentran los permisos expedidos a entidades como la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), Migración Colombia, la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), las empresas de vigilancia y seguridad privada y las misiones diplomáticas acreditadas en el país. La excepción también cobija al personal activo de la Fuerza Pública, a los veteranos y a los profesionales oficiales de la reserva, entre otros casos previstos por la ley.









