30 de julio, 2026 - 08h00El próximo 20 de agosto, la imagen de la Virgen de El Cisne, conocida cariñosamente por los devotos del sur del país como la ‘Churonita’, estará llegando a la ciudad de Loja como parte de la romería anual que convoca a decenas de miles de feligreses, convirtiendo a esta manifestación religiosa en una de las peregrinaciones más concurridas no solamente del Ecuador sino de toda la región, cuyos pueblos profesan abiertamente una profunda y arraigada fe cristiana. Asimismo, es importante destacar que este evento constituye además el preámbulo de la reconocida feria de Loja, creada en 1829 por decreto del Libertador Simón Bolívar, la que se programa cada mes de septiembre, con el propósito de potenciar –desde su origen– el intercambio comercial binacional, lo cual evidencia, en forma palmaria, la estrecha relación que existe entre lo religioso, cultural y comercial, como elementos esenciales que caracterizan y alimentan la cultura e identidad de un pueblo, en este caso de la fronteriza provincia de Loja y de las zonas circundantes.Esto último cobra especial importancia a la hora de entender lo que explica con claridad la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en aquello que ‘cerca del 20 % de los bienes inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial refleja un tipo de conexión religiosa o espiritual. (...) Dado su carácter transversal, el patrimonio de interés religioso incluye sitios de patrimonio tanto natural como cultural’.Penosamente, cuando se actúa de manera extremadamente rígida, aquellas ideas y conceptos que deberían permitir la preservación y transmisión de la historia y sus tradiciones, desde luego en un marco de respeto y amplitud de criterio, terminan regulando elementos esenciales que no necesariamente abonan en la línea de robustecer el sentido de pertenencia. Para muestra lo sucedido con la sentencia n.° 51-17-IN/21 de la Corte Constitucional del Ecuador, a través de la cual se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 del Acuerdo n°. 2017-020 del Ministerio de Turismo, con el que se reconsagró a la Santísima Virgen María en su advocación de El Cisne como patrona de Turismo. El argumento del máximo organismo de control constitucional es que se contraría los artículos 1 y 3.4 de la Carta Fundamental que hablan de un Estado laico y ética laica en el quehacer público y ordenamiento jurídico.No obstante, en el propio preámbulo de la Constitución se invoca ‘el nombre de Dios y reconociendo nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad’, lo que deja en claro que las manifestaciones religiosas no pueden quedar, en la práctica, fuera de un Estado laico y de la propia ética laica, sino que constituye una parte de la riqueza identitaria de la nación y de su memoria social que forman parte del patrimonio cultural inmaterial al que hay que preservar.A la final, la ‘Churonita’ no necesita de un acuerdo ministerial para vivir en el corazón del pueblo y ser, lo que en los hechos es, patrona del turismo nacional, Generala de la República y del Ejército, así como patrona institucional de la Policía Nacional. (O)