0:000:00El audio de esta noticia está generado mediante Inteligencia ArtificialLa Audiencia de Valencia ha confirmado la decisión de la jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana de octubre de 2024 de no citar a declarar como testigos a los consellers de Educación y de Agricultura, como solicitaban algunas acusaciones, por considerar que es una diligencia prospectiva.En un auto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia no considera justificada la petición de citación de los dos responsables del Consell, José Antonio Rovira y Miguel Barrachina, para que declaren sobre lo que comentaron con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en esta causa, antes y después de la celebración del Pleno del Consell del día 29 de octubre de 2024.En esos momentos, según los magistrados, no consta que la investigada “tuviera la posición de garante, asumida en horas posteriores”. “La investigación penal no es una investigación general sobre un hecho, sino que deben existir indicios de la comisión de un hecho punible por una persona”, destaca el auto.Según los magistrados, no consta que la investigada “tuviera la posición de garante, asumida en horas posteriores” cuando se reunió el Pleno del ConsellPor este motivo, “no basta con señalar las posibles omisiones de las diferentes administraciones, ni con afirmar que participaron, en mayor o menor medida, en la gestión de la crisis, o que disponían de cierta información sobre la previsión meteorológica; o que adoptaron determinadas medidas en la situación de emergencia y no otras; sino que además debe identificarse el deber específico de actuar y poder relacionar la omisión de ese deber con un determinado resultado, de forma que la omisión resulte equivalente a la comisión activa”.“Sin este razonamiento”, concluye la sala, la diligencia propuesta resulta “prospectiva y no debe admitirse”.Pradas recurre la decisión de no pedir los mensajes de Pilar BernabéLa defensa de la exconsellera Salomé Pradas, investigada en la causa penal de la dana, ha recurrido la decisión de la jueza de no pedir a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, que aporte voluntariamente todas las comunicaciones en relación con la emergencia durante el día de la dana porque las considera esenciales para conocer qué se sabía en las distintas administraciones sobre el barranco del Poyo.En un escrito, al que ha tenido acceso EFE, Pradas defiende la “pertinencia”, “utilidad” y “necesidad” de conocer estas comunicaciones, pues cree que son “esenciales para determinar qué información circulaba entre las distintas Administraciones durante las horas críticas”.Rechaza pedir las comunicaciones que recibió el Ayuntamiento de Requena durante los días 28 y 29 de octubre de 2024En otro auto, la Audiencia desestima el recurso presentado por un investigado y rechaza pedir las comunicaciones que recibió el Ayuntamiento de Requena (Valencia) durante los días 28 y 29 de octubre de 2024.En esta resolución, los seis magistrados que forman el pleno de la Sección Segunda consideran que no está justificada la “utilidad o la relevancia” que puede proporcionar a la causa el conocimiento de estas comunicaciones, cuando en Requena no se produjo ningún fallecimiento.
La Audiencia avala que la jueza de la dana no cite a los consellers de Educación y Agricultura
“La investigación penal no es una investigación general sobre un hecho, sino que deben existir indicios de la comisión de un hecho punible por una persona”, señala el auto









