ESPA�ALa Sala de lo Social considera que supone una invasi�n injustificada de su intimidad, porque la empresa no ha probado la entidad de las supuestas p�rdidas ni que que se trate de una medida necesaria y proporcionada para evitarlasInterior de una tienda de H&M.Actualizado Lunes,
julio
15:07Audio generado con IALa Audiencia Nacional ha declarado nulo el control visual diario de los bolsos de los empleados de H&M y el registro regular de sus taquillas. La Sala de lo Social estima una demanda de UGT, a la que se adhiri� CCOO, y considera que ambas medidas suponen una invasi�n de la intimidad de los trabajadores. Ordena a la empresa su cese "inmediato". En el procedimiento qued� probado que la empresa Hennes y Maurtiz SL (H&M) realiza un control diario de los bolsos de sus trabajadores del �ltimo turno a la salida de la tienda que se realiza por la puerta de empleados. Consiste en una revisi�n visual del bolso que abre ante el manager o personal de seguridad, que lo inspecciona visualmente durante unos segundos. Los trabajadores del resto de turnos no son objeto de esta revisi�n al salir por la puerta principal, ya que esta cuenta con arcos de seguridad. En cuanto al control de taquillas, se produce una vez al mes y de forma aleatoria y regular. Respecto a los controles de los bolsos, el tribunal se�ala que, si bien es cierto que el Estatuto de los Trabajadores permite al empresario implementar las medidas de vigilancia y control, tambi�n lo es que estas deben respetar la dignidad de los empleados.La empresa sostiene que la medida persigue un fin leg�timo: frenar las p�rdidas producidas por los hurtos que realizan los empleados. Frente a ello, la sentencia indica que se trata de una mera alegaci�n de la compa��a, "por cuanto, primero, no ha acreditado el volumen de p�rdidas de la empresa, m�s all� de aportar un documento ausente de firma alguna que contiene unas tablas num�ricas y que carece de valor probatorio, habiendo resultado controvertido el dato de las p�rdidas de la empresa".A�ade que "no ha resultado probado cu�l es el montante de las p�rdidas producidas por hurtos u otras pr�cticas de sustracci�n de productos por parte de los empleados". Y que la empresa ha reconocido en el juicio que no puede determinar la cuant�a imputable a estos hurtos internos frente a otras tres fuentes de p�rdidas: los hurtos ajenos, el fraude de proveedores y los posibles errores administrativos.Tampoco ha constatado que haya "un �ndice alto de p�rdidas por hurtos u otras pr�cticas de sustracci�n de los empleados". La prueba es que en los tres �ltimos a�os los despidos por hurtos u otras pr�cticas similares afect� solo a 6 trabajadores de una plantilla aproximada de 4.600. "No se da en la empresa una situaci�n que pueda justificar esta medida de control", afirma el tribunal.Los magistrados consideran que no se trata de una medida "imprescindible", puesto que existen otras menos invasivas con las que poder alcanzar el mismo objetivo. Por ejemplo, instalar arcos de seguridad en las puertas de acceso de los empleados, algo que har�a innecesario el control de los bolsos."El control visual del bolso supone sacrificar la intimidad de los trabajadores del �ltimo turno al irrogarse un perjuicio a los trabajadores que ven restringido de forma injustificada su derecho a la intimidad al aplicarse una medida de control que persigue una finalidad no probada, existiendo, adem�s, otras medidas menos invasivas", concluye la Sala.En cuanto al registro de las taquillas, considera que se trata de un control "preventivo e intimidatorio", no una reacci�n a unas p�rdidas demostradas. "En consecuencia esta Sala considera que el registro de taquillas, tal y como se dise�a y practica, resulta contrario a lo previsto en el art�culo 18 del Estatuto de los Trabajadores, suponiendo una invasi�n injustificada de su intimidad".






