Las acusaciones populares del caso Begoña, dirigidas por Hazte Oír, han ajustado su petición de condena para la esposa del presidente después de que la Audiencia Provincial de Madrid avalara enjuiciarla por dos delitos, en lugar de los cuatro que había acordado previamente el juez Juan Carlos Peinado. El escrito de Hazte Oír reduce de los 24 a los 13 años la petición de prisión y atribuye a Begoña Gómez la comisión de delitos de un delito de tráfico de influencias y dos de malversación. De acuerdo con lo impuesto por la Audiencia Provincial de Madrid, las acusaciones dejan fuera de su escrito de conclusiones provisionales los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida, por los que reclamaban penas de cuatro y seis años, respectivamente. En su escrito, Hazte Oír solicita igualmente una condena de seis años de cárcel para la asesora de Begoña Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, por su implicación en labores profesionales de la esposa de Pedro Sánchez, vinculadas con la cátedra de la Universidad Complutense de Madrid. Las acusaciones populares la consideran una "cooperadora necesaria" del delito de malversación que cometió Begoña Gómez al apropiarse del software elaborado para su máster de Transformación Social Competitiva ofrecido en la Complutense. El reajuste de Hazte Oír en lo referente a Cristina Álvarez es sustancial, dado que en un inicio reclamaron para ella una condena de 22 años de prisión. El escrito que Hazte Oír ha presentado ante el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid contiene también la propuesta de declaraciones que deben celebrarse durante el juicio, en el que habrá un jurado popular. La asociación ha pedido que declare en calidad de testigo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. "Su declaración interesa en cuanto a su relación con la acusada y la utilización de Moncloa como ámbito relacional del proyecto", apunta la acusación popular. También plantea que declare el comisionista Víctor de Aldama y el ministro de Justicia, Félix Bolaños. El escrito de conclusiones de las acusaciones populares ya no se dirige contra el empresario Juan Carlos Barrabés, que ha estado investigado a lo largo del procedimiento porque se postuló a dos adjudicaciones públicas —y las ganó— presentando en sus candidaturas cartas de recomendación de Begoña Gómez. La causa contra Barrabés continúa en fase de investigación, pero ahora en una causa separada de la que se sigue contra Begoña Gómez. Tras ver su instrucción corregida por la Audiencia de Madrid, Peinado debe esperar ahora a recibir los nuevos escritos de conclusiones de todas las partes, y después podrá dictar un auto en el que acuerde de nuevo enviar a juicio a la mujer del presidente. El aval de la Audiencia de MadridLa Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid se ha hecho cargo a lo largo del procedimiento de revisar las distintas decisiones del juez Peinado impugnadas por alguna de las partes personadas en el procedimiento. El pasado 16 de julio, respaldó a Peinado en lo referido a enviar a Gómez a un juicio ante el tribunal del jurado, si bien rechazó dos de los delitos por los que se la acusa: corrupción en los negocios y apropiación indebida. Asimismo, acordó alzar las medidas cautelares que impuso el juez Juan Carlos Peinado a la mujer de Pedro Sánchez: la retirada de su pasaporte, la obligación de comparecer cada 15 días en el juzgado y la prohibición de salir del país. La Audiencia de Madrid ve indicios suficientes de que Begoña Gómez utilizó su "condición de esposa" de Pedro Sánchez para influir sobre la Universidad Complutense de Madrid (UCM) con el fin de "indirectamente obtener un beneficio económico y reputacional". Por ello, dio luz verde a la decisión de enviarla al banquillo y ser juzgada por un tribunal en el que corresponderá a nueve ciudadanos determinar cuáles de los hechos delictivos han sido probados.El auto de la Sección número 23 del tribunal expuso que, de acuerdo con los "hechos indiciarios", Gómez "se aprovecharía de su condición de esposa del presidente del Gobierno para conseguir el apoyo de los responsables de la Universidad Complutense de Madrid para la creación de una Cátedra Extraordinaria y en el marco de esta, recabar financiación de diversas empresas privadas".De acuerdo con el tribunal, el "fin directo" de la mujer del presidente era "gestionar proyectos como la creación de una certificación profesional y la creación de un software para ello, e indirectamente obtener un beneficio económico y reputacional".La resolución añadía que Begoña Gómez fue la persona que "ejercería influencia sobre el personal que dirigía la Universidad Complutense de Madrid, prevaliéndose de su condición de mujer del presidente del Gobierno para que se adoptara la inmediata decisión de crear una Cátedra Extraordinaria". De esa cátedra "se benefició, al mejorar su situación académica personal como directora de la misma". Asimismo, logró "facilitar la obtención de financiación para el desarrollo de un activo patrimonial", en alusión al software que "hizo, o pretendió hacer suyo".
Las acusaciones populares rebajan de 24 a 13 años la petición de cárcel para Begoña Gómez al quedar fuera de la causa dos delitos
La Audiencia Provincial de Madrid avaló enviar a Gómez a juicio, pero solo por los delitos de malversación y tráfico de influencias, con lo que las acusaciones que dirige Hazte Oír han ajustado su escrito de conclusiones provisionales.












