El corazón de la megarreforma salió intacto en la discusión por el Congreso. En lo central, reduce el impuesto a las empresas desde el 27% al 23% junto con volver a la integración completa del sistema impositivo volviendo a lo que existía antes del 2014. En la reforma tributaria de 2014, bajo el segundo gobierno de Michelle Bachelet, Chile pasó de un sistema impositivo integrado a uno semiintegrado. En la práctica, implica que las empresas pagan un impuesto de Primera Categoría de 27%, pero al momento de retirar utilidades, los dueños solo pueden utilizar una parte (65%) de ese tributo como crédito contra sus impuestos personales, debiendo “restituir” o pagar el saldo.Ahora, con este cambio, se elimina la obligación de restitución del 35% del crédito por Impuesto de primera categoría vigente desde 2014 para contribuyentes del régimen semiintegrado. A partir de 2029, el 100% del Impuesto de primera categoría pagado por la empresa será imputable el Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional. Con la reintegración total del sistema se deberá crear un registro para llevar la contabilidad de esos ingresos. Antes de la reforma del 2014 para esos efectos estaba el Fondo de Utilidades Tributarias (FUT), que era un registro contable y tributario utilizado en Chile por las empresas sujetas al impuesto de Primera Categoría. Esa reforma lo cerró y reemplazó por los registros Rentas Afectas a Impuesto (RAI), Registro de Rentas Exentas (REX) y Registro Saldo Acumulado de Créditos (SAC).Ahora, con esta reintegración habrá nuevamente un registro similar al FUT. Ximena Niño, senior advisor de Tax & Legal en Deloitte, explica que el principal cambio se producirá a nivel del registro de control de los créditos denominado SAC (Saldo Acumulado de Créditos), puesto que el proceso gradual de integración incidirá en los créditos que se asignarán a los repartos de utilidades. “Al quedar integrado el sistema a contar del año 2029, los créditos que se incorporarán al Registro SAC (Saldo Acumulado de Créditos) serán sin la llamada restitución, es decir, el crédito que se incorpora al registro será 100% utilizable contra los impuestos finales”, señala la experta. Niño sostiene que “en el año comercial 2027 la restitución será de un 30%, lo que implica que el crédito contra impuestos finales ascenderá a un 70%; en el año 2028 la restitución será de un 20% con un crédito de 80%; y a contar del año 2029 ya no habrá restitución y el crédito será de un 100%”.La experta precisa que “el proyecto también establece que el protocolo de uso de créditos será en el siguiente orden: primero se deben consumir los créditos acumulados al año 2026, luego los de 2027, luego 2028, y con posterioridad los generados a contar del año 2029. Como puede apreciarse, con la gradualidad incorporada será necesario controlar créditos con distintos atributos”. Loreto Pelegrí, socia del Área Legal y Tributaria de PwC Chile, puntualiza que “el registro del nuevo sistema integrado me parece una herramienta necesaria desde el punto de vista técnico, porque la integración requiere identificar con precisión las utilidades acumuladas, los créditos asociados y su posterior distribución a los propietarios”. Asimismo, considera que “por razones de simplicidad y certeza jurídica, el registro debería mantener la mayor continuidad posible con los mecanismos ya conocidos y utilizados por los contribuyentes, evitando crear nuevas complejidades administrativas innecesarias”. 22 JULIO 2026