Por mayoría de sus 5 miembros, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU cuestionó al gobierno del Perú por la privación de la libertad del Presidente del Perú, Pedro Castillo, a raíz de la violación de 4 artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y de otros 3 artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Reclamó que “el remedio adecuado” es la puesta “inmediata de su libertad”, según el “derecho internacional”. Cabe recordar que estos expertos son mandatados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, quienes no son funcionarios, actúan según su conciencia y solo cobran viáticos para sus misiones. Acogieron la denuncia del abogado de Pedro Castillo en el Perú, confrontando luego por escrito con el actual gobierno, emitiendo un dictamen público de 19 páginas. Reclaman su puesta en libertad, concediéndole una indemnización, y medidas para remediar el daño. La defensa de Castillo alegó que “fue víctima de una discriminación generalizada por su origen campesino y su posición social por parte de los grupos de poder que ejercen el gobierno en el Perú, los mismos que continuamente lo convocaron al Congreso y trataron de vacarlo en varias ocasiones, impidiéndole con estas acciones desarrollar las propuestas de su Gobierno”. La ONU estimó que “su destitución fue irregular, se realizó sin moción de vacancia, sin votación de admisión y sin notificación para su defensa, en vulneración del artículo 89-A del Congreso”.