Vivienda
Una pr�ctica muy extendida
Si la suciedad termina en la v�a p�blica o afecta a terceros pueden producirse sancionesUna mujer limpia las ventanas.TRESBActualizado Martes,
julio
10:20A veces, realizamos tareas en el hogar de forma autom�tica sin ser conscientes de que su desarrollo puede afectar a los dem�s o acarrearnos una multa. Es lo que ocurre, por ejemplo, cuando se sacude el felpudo o las alfombras por la ventana, el balc�n o la terraza.Se trata de una pr�ctica muy extendida en numerosos edificios y durante a�os la gente lo ha hecho de forma habitual sin cuestionarse si estaba bien o estaba mal. Simplemente, era una necesidad. Sin embargo, puede haber problemas cuando la suciedad o el polvo caen en la v�a p�blica o en propiedades ajenas, afectando a terceros.En este sentido, las ordenanzas municipales contemplan sanciones para los que incumplan estas normas. Las multas van a depender de la gravedad de los hechos, aunque pueden llegar a alcanzar los 3.000 euros.Aunque puede pensarse que sacudir un felpudo es un �mbito que puede considerarse privado de la vivienda, lo cierto es que cuando los residuos afectan a otras personas o terminan en la calle se da pie a la actuaci�n de ordenanzas de limpieza, convivencia y civismo.Adem�s, el art�culo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal habla de las obligaciones de los propietarios de las viviendas y alude directamente a la prohibici�n de realizar actividades molestas, insalubres o nocivas. Sacudir el felpudo puede entrar dentro de ellas."Al propietario y al ocupante del piso o local no les est� permitido desarrollar en �l o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten da�osas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o il�citas".�C�mo me pueden multar?La actuaci�n municipal puede llegar una vez que se produce una denuncia vecinal, aunque lo normal en estos casos es que se encuentre una soluci�n dialogada dentro de la comunidad para evitar que se sigan produciendo estas actividades molestas.Con independencia de las medidas de la junta de propietarios, los servicios de inspecci�n o la polic�a local pueden multar si observan alg�n incumplimiento de la normativa.








