NoticiaLa Corte protegió el mural como una expresión de memoria histórica y dispuso una disculpa del concejal que promovió acciones en su contra.Luego de ser borrado el mural “Las cuchas tienen razón “ el fin de semana en horas de la noche , colectivos artísticos volvieron a pintar el mural Foto: Mauricio MorenoPERIODISTA JUDICIAL16.07.2026 16:35 Actualizado: 16.07.2026 16:35
La Corte Constitucional protegió el mural "Las cuchas tienen razón", al considerar que es una expresión artística de memoria histórica de las víctimas del conflicto armado.En una sentencia de tutela, el alto tribunal ordenó adoptar medidas para impedir que la obra sea borrada o saboteada, como ocurrió recién fue pintado, tras el hallazgo de los primeros restos humanos en La Escombrera, y dispuso que el concejal que promovió acciones en su contra ofrezca una disculpa pública. Así mismo, exhortó a los servidores públicos a proteger este tipo de manifestaciones culturales.La decisión surgió tras el estudio de dos acciones de tutela. La primera fue presentada por César García contra la Alcaldía de Manizales, al considerar que permitir la difusión de frases como "Las cuchas tienen razón" en el espacio público promovía el odio, la desinformación y la polarización, además de afectar la salud mental de la ciudadanía.La segunda fue interpuesta por integrantes del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), la Corporación Reiniciar y el colectivo Nuevas Generaciones por la Paz (Nugepaz), quienes cuestionaron la actuación del concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez, quien intervino el mural ubicado en Manizales y publicó mensajes en redes sociales invitando a la ciudadanía a manifestarse contra esta expresión.La Sala Tercera de Revisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Juan Carlos Cortés González y Héctor Alfonso Carvajal Londoño, quien la presidió, negó la tutela promovida por García y, en cambio, amparó los derechos de los representantes de las organizaciones de víctimas.En la sentencia, la Corte recordó que la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad impulsó múltiples iniciativas artísticas y culturales como mecanismos para reconstruir el tejido social y preservar la memoria del conflicto armado. Según explicó, manifestaciones como el teatro, la música, la literatura y el muralismo permiten que las víctimas narren sus experiencias, resignifiquen el dolor y participen en procesos de reconstrucción simbólica orientados a la no repetición.El alto tribunal sostuvo que, en escenarios de justicia transicional, estas expresiones no cumplen una función únicamente estética, sino que constituyen herramientas de reconstrucción democrática y de producción de verdad, al visibilizar experiencias históricamente silenciadas y ampliar el debate público sobre la memoria del conflicto. En esa medida, señaló que los murales y grafitis con contenido de memoria cumplen una función pedagógica y favorecen los procesos de verdad y reconciliación.Al analizar el caso concreto, la Corte concluyó que el mural "Las cuchas tienen razón" reconoce la labor de las mujeres buscadoras de personas desaparecidas y recordó que la Ley 2364 de 2024 les otorgó una protección reforzada, al reconocer su papel en la preservación de la memoria y la garantía del derecho a la verdad. Por ello, advirtió que cualquier actuación que trivialice, desconozca o estigmatice esa labor debe examinarse bajo criterios especialmente estrictos de dignidad, no revictimización y acción sin daño.Como consecuencia, la Corte ordenó al concejal Andrés Felipe Rodríguez publicar una disculpa pública en sus redes sociales, en la que reconozca la legitimidad de la frase "Las cuchas tienen razón" y del mural como ejercicio de la libertad de expresión y de la memoria de las víctimas.También le prohibió promover o realizar acciones dirigidas a borrar, cubrir o sabotear expresiones artísticas relacionadas con las víctimas del conflicto armado y las madres buscadoras, así como difundir mensajes que puedan estigmatizarlas o revictimizarlas.Además, la Alcaldía de Manizales y la Policía Metropolitana deberán diseñar e implementar, durante seis meses, un protocolo de reacción inmediata para prevenir nuevas intervenciones o actos de sabotaje contra el mural.La Defensoría del Pueblo Regional Caldas y la Personería Municipal de Manizales también deberán adelantar campañas pedagógicas sobre la importancia de preservar las expresiones artísticas relacionadas con la memoria histórica, los derechos humanos y la labor de las madres buscadoras.Finalmente, la Corte exhortó a los servidores públicos, en especial a quienes ejercen cargos de elección popular, a participar activamente en la protección de las expresiones artísticas vinculadas con procesos de memoria histórica y reparación simbólica.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.








