La reforma al Código Monetario que se tramita en la Asamblea Nacional propone crear un régimen especial de tasas de interés para créditos dirigidos a personas naturales o jurídicas sin historial crediticio o que no consten en los registros de las centrales de riesgo.La medida tiene como objetivo facilitar el acceso al crédito y la inclusión financiera de estas personas. Según el proyecto de ley, la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria será la encargada de establecer el nuevo régimen especial.PublicidadLas personas que accedan a préstamos con tasas de interés de inclusión podrán hacerlo dentro de un tiempo limitado de hasta 36 meses, dice la disposición general segunda del proyecto de ley.El tema fue abordado este miércoles, 15 de julio, en la Comisión de Régimen Económico como parte de la elaboración del informe para segundo debate del proyecto de ley.En la sesión compareció Joaquín Dávalos Ponce, CEO de PayJoy en Ecuador y Panamá, una fintech que en el país ofrece financiamiento para la compra de teléfonos celulares y que actualmente gestiona autorizaciones para proporcionar crédito digital.PublicidadPublicidadDávalos destacó que la propuesta de la reforma “puede ser una herramienta importante para ampliar el acceso al financiamiento formal”, en grupos que actualmente enfrentan barreras para obtener un préstamo, por lo que se ven tentados o recurren a vías informales como el chulco.La medida generará efectos positivos siempre que se implemente con criterios de transparencia y protección al consumidor, a criterio de la fintech.El ejecutivo expuso que, según datos del Banco Mundial, en Ecuador solo dos de cada diez ecuatorianos en edad económicamente activa tienen acceso a crédito formal. “Es un problema crítico para el desarrollo económico individual”, señaló.Además dijo que el actual esquema de tasas máximas dificulta atender a personas con ingresos variables, con un “mal historial” o sin historial en centrales de riesgo, precisamente el segmento que requiere insertarse al sistema financiero. Sugirió que el nuevo régimen no debería limitarse a un lapso de 36 meses, sino que debería ser permanente. Y comentó que la tasa de interés que se determine no debería ser muy baja, porque podría resultar contraproducen al no ser atractiva para las entidades financieras. Superintendencia advierte riesgos de distorciones en mercado bursátil y extrabursátilEn otros aspectos, Luis Idrovo Murillo, Intendente de Compañías, felicitó a la Comisión que se eliminó de la reforma la posibilidad de trasladar a la Superintendencia de Bancos la competencia de control y supervisión de las compañías de seguros.PublicidadEl intendente dijo que algunas observaciones previamente enviadas sobre reformas al mercado de valores no han sido del todo recibidas. Entre ellas está que hay “desaciertos” en varias definiciones respecto de la identificación nominal de instituciones. Además, con la definición de mercado extrabursátil, porque no hay claridad técnica de los actores intervendrán, si son o no del mercado primario y secundario.También sugirió que se elimine la obligación de que intermediarios autorizados e inversionistas institucionales en el mercado bursátil y extrabursátil, cuando realicen operaciones con valores, informen a la Superintendencia de Compañías para fines de procesamiento y difusión. Al respecto, Idrovo dijo que aquello significa “enervar la facultad de control de la Superintendencia”, porque la información que deben remitir los inversionistas institucionales no es para fines de difusión, sino de control. Por eso, la recomendación fue que en la reforma se afine que los efectos deben ser para control, mas no para difusión.Por otro lado, el intendente cuestionó que se pretenda incorporar a las entidades del sistema financiero privado como intermediarios de valores en el mercado bursátil.A criterio de la Superintendencia, dijo Idrovo, esta parte de la reforma “distorciona el objeto propio de las entidades financieras”. Explicó que aunque el intermediario de valores (casas de valores), como el financiero participan en la canalización de recursos dentro de la economía, cumplen funciones distintas porque operan en marcos regulatorios diferentes y asumen riesgos distintos sobre el público y los inversionistas.Mientras que un intermediario financiero (banco, cooperativa o mutualista) capta recursos del público y los coloca en créditos, no hace nada más. “Su negocio principal es transformar el ahorro en inversión”. Pero las casas de valores tienen como función actuar como facilitador entre el inversionista y el emisor. Las casas de valores no prestan dinero ni asume el riesgo. “El riesgo lo asumen los inversionistas”. El intendente reiteró que si se da paso a esta parte de la reforma se causarían distorciones en el mercado bursátil y extrabusátil.El funcionario mencionó en la mesa que las casas de valores han expresado que Al cierre del 2025, los valores emitidos por el sector público se han negociado en un 58,42 % a través de las casas de valores, el 28,64 % se tranzaron mediante el sector financiero y el 12,94 % por el sector real. Idrovo expresó que las casas de valores han comunicado a la Superintendencia que si se incluye a las entidades financieras participar en el mercado bursátil y extrabursátil supondría una “enorme afectación patrimonial”, estimada por el gremio en alrededor del 57 % de disminución de sus ingresos. La Superintendencia está evaluando las proyecciones de impacto calculadas por las casas de valores. (I)