Madrid (EFE).- El Tribunal Supremo ha avalado las líneas generales del nuevo reglamento de extranjería, aunque ha anulado varios preceptos, entre ellos el que denegaba automáticamente determinadas autorizaciones de residencia y regularización de familiares de inmigrantes por tener antecedentes penales.

Cinco entidades sociales, – Cáritas, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, Red Acoge, Andalucía Acoge y Servicio Jesuita a Migrante- recurrieron el reglamento al entender que el Gobierno había «dejado atrás» algunos aspectos relevantes para los derechos de las personas solicitantes de asilo.

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parte del recurso y anula diversos preceptos si bien confirma en líneas generales la validez del texto aprobado el 19 de noviembre de 2024.

La sentencia corrige uno de los aspectos más restrictivos del reglamento al anular los preceptos que permitían una denegación automática de determinadas autorizaciones por la mera existencia de antecedentes penales.

A partir de ahora, la Administración deberá realizar una valoración individualizada de cada caso cuando estén en juego derechos familiares especialmente protegidos o situaciones relacionadas con la ciudadanía europea.