Explicativo Exclusivo suscriptores El fallo limita la posibilidad de mantener por tiempo indefinido bajo custodia de ICE a inmigrantes con determinado perfil.ICE Foto: Archivo EL TIEMPO / Agencias AFP y EFE08.07.2026 01:30 Actualizado: 08.07.2026 01:30
Una corte federal de apelaciones le propinó un nuevo revés a la política migratoria del presidente Donald Trump tras determinar que el gobierno no puede mantener indefinidamente detenidos a ciertos inmigrantes sin ofrecerles la oportunidad de solicitar ante un juez su libertad bajo fianza.En una decisión de dos votos contra uno, el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito concluyó que, si bien la administración puede mantener inicialmente a estos inmigrantes bajo detención obligatoria, esa privación de la libertad no puede extenderse por más de 90 días sin una audiencia individual en la que un juez evalúe si existen razones suficientes para mantenerlos encarcelados mientras avanzan sus procesos de deportación. LEA TAMBIÉN El fallo representa un importante revés para una de las principales herramientas de la estrategia migratoria de Trump, pues limita la posibilidad de mantener por tiempo indefinido bajo custodia del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a inmigrantes que ingresaron al país sin inspección, pero llevan años viviendo en EE. UU. y aún no tienen una orden definitiva de deportación.Arrestos por parte de ICE. Foto:X @HSITampaLa decisión no elimina la política de detención obligatoria impulsada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), ni ordena la liberación automática de los inmigrantes afectados. Lo que hace es imponer un límite constitucional. En otras palabras, si el gobierno desea mantener detenida a una persona por más de 90 días, deberá darle la oportunidad de comparecer ante un juez de inmigración para solicitar una audiencia de fianza.En esa audiencia, será el gobierno quien deberá demostrar que la persona representa un peligro para la comunidad o que existe un alto riesgo de fuga que justifique mantenerla bajo custodia mientras continúa su proceso migratorio.El cambio de interpretación de la ley que dejó de amparar a migrantesEl caso surge de una reinterpretación de la ley de inmigración adoptada este año por la administración Trump para ampliar significativamente el número de personas sujetas a detención obligatoria.Hasta hace poco, muchos inmigrantes que habían ingresado a EE. UU. sin pasar por un puesto oficial de inspección, pero llevaban años viviendo en el país, eran puestos en procesos de deportación ante un juez de inmigración y, en la mayoría de los casos, podían solicitar una audiencia de fianza para permanecer en libertad mientras se resolvía su situación.Agentes de ICE frente al centro de detención Delaney Hall durante una protesta. Foto:EFESin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional comenzó a sostener que esas personas siguen siendo jurídicamente “solicitantes de admisión” (applicants for admission), pues nunca fueron admitidas formalmente al país.Bajo esa interpretación pasan a quedar cobijadas por la sección 1225(b) de la Ley de Inmigración, que contempla la detención obligatoria de quienes buscan ingresar al país mientras se resuelve su situación migratoria.La diferencia es enorme. Mientras otros inmigrantes pueden solicitar la libertad bajo fianza casi de inmediato, quienes quedan sujetos a esta disposición permanecen detenidos sin ese recurso. LEA TAMBIÉN En febrero pasado, otro panel del mismo Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito respaldó esa interpretación del gobierno, convirtiéndose en la primera corte federal de apelaciones en avalar la nueva política.A partir de entonces, los jueces de inmigración comenzaron a ordenar la detención obligatoria de una categoría mucho más amplia de inmigrantes, particularmente en Texas, Luisiana y Mississippi.El nuevo fallo no revierte esa decisión anterior.De hecho, la Corte parte de la premisa de que el Gobierno sí puede mantener inicialmente a esas personas bajo el régimen de detención obligatoria.El ICE no verificará el estatus migratorio de las personas. Foto:iStockLo que plantea es si esa detención puede prolongarse durante meses o incluso años sin que exista ningún mecanismo que permita a un juez revisar si sigue siendo necesaria.Y la respuesta, al menos de esta corte, es que no.La juez Leslie Southwick, autora de la opinión mayoritaria, sostuvo que las protecciones del debido proceso consagradas en la Quinta Enmienda también se aplican a personas que han establecido vínculos importantes con EE. UU., incluso si ingresaron al país de manera irregular y nunca fueron formalmente admitidas.Por ello, concluyó que el gobierno puede mantener detenidos a estos inmigrantes durante los primeros 90 días, pero no más allá de ese plazo sin otorgarles una audiencia.En dicha audiencia, corresponderá al gobierno justificar por qué la persona debe seguir detenida y será un juez de inmigración quien determine si procede mantener esa privación de la libertad o autorizar su liberación mientras continúa el proceso de deportación.Corresponderá al gobierno justificar por qué la persona debe seguir detenida Foto:iStockLa demanda fue presentada por tres inmigrantes -dos mexicanos y un hondureño- que llevaban más de una década viviendo en EE. UU.Los tres carecían de antecedentes penales, eran padres de ciudadanos estadounidenses y fueron arrestados por agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) tras ser detenidos por infracciones de tránsito en Texas.Además, ninguno tenía todavía una orden de deportación definitiva cuando presentó el recurso judicial. LEA TAMBIÉN Los inmigrantes acudieron a las cortes mediante una acción de hábeas corpus, alegando que mantenerlos detenidos indefinidamente, sin posibilidad de acudir ante un juez, violaba sus derechos constitucionales.“El gobierno puede detener a estos extranjeros durante 90 días, pero no más allá de ese plazo sin una audiencia de fianza”, escribió el tribunal. Uno de los magistrados de la mayoría incluso sostuvo que la audiencia debería celebrarse dentro de los primeros 30 días de la detención y no a los 90.En contraste, el juez disidente argumentó que el Congreso otorgó amplias facultades al Ejecutivo en materia migratoria y que los tribunales imponían requisitos que la ley nunca contempló.Visa. Foto:¿En qué estados operará la decisión que limita periodo de detención de migrantes?Aunque la decisión solo es obligatoria para los estados que forman parte del Quinto Circuito (Texas, Luisiana y Mississippi), podría tener repercusiones mucho más amplias.Texas concentra una de las mayores cifras de detenciones migratorias del país y buena parte de los procesos de deportación se tramitan allí.Además, el fallo establece por primera vez un límite constitucional a la estrategia de la administración Trump para ampliar el uso de la detención obligatoria.Si bien no elimina esa herramienta ni cuestiona la facultad del gobierno para detener inicialmente a estos inmigrantes, sí impide que permanezcan privados de la libertad indefinidamente, sin que un juez revise si esa medida sigue siendo necesaria.La decisión constituye un nuevo capítulo en la creciente disputa judicial sobre el alcance de las facultades del gobierno para detener inmigrantes mientras avanzan sus procesos de deportación. LEA TAMBIÉN Ahora, tras este nuevo revés, es muy probable que el Departamento de Justicia solicite al máximo tribunal del país que revise la decisión que obliga a celebrar audiencias de fianza tras 90 días de detención.Mientras eso ocurre, miles de inmigrantes detenidos en Texas, Luisiana y Mississippi podrían comenzar a solicitar que un juez revise su situación una vez que superen ese plazo, lo que introduciría el primer límite importante impuesto por los tribunales a una de las piezas centrales de la política migratoria de la actual administración.SERGIO GÓMEZ MASERI - Corresponsal de EL TIEMPO – Washington - @sergom68 Sigue toda la información de Internacional en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.









