NoticiaLa decisión revocó la nulidad que había declarado un juzgado de Barranquilla. El plan seguirá vigente y regulará el crecimiento inmobiliario.El fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico mantiene vigente el PBOT de Puerto Colombia, instrumento que define el uso del suelo y orienta el crecimiento urbano del municipio. Foto: AlcaldíaPERIODISTA08.07.2026 15:48 Actualizado: 08.07.2026 15:48

El Plan Básico de Ordenamiento Territorial, PBOT, de Puerto Colombia, en el área metropolitana de Barranquilla, seguirá vigente. El Tribunal Administrativo del Atlántico revocó la sentencia que había declarado su nulidad y le devolvió piso jurídico al principal instrumento con el que el municipio define hacia dónde puede crecer, qué zonas se pueden desarrollar y cómo debe organizarse el uso del suelo. LEA TAMBIÉN La decisión tiene un alcance mayor para el municipio. El PBOT es la hoja de ruta que orienta el desarrollo urbano, regula la ocupación del territorio y sirve de soporte para proyectos inmobiliarios, ambientales, viales y de servicios. Puerto Colombia es uno de los territorios con mayor expansión urbanística en el Atlántico, en especial en soluciones habitacionales para los estratos altos. El fallo fue adoptado por los magistrados Óscar Wilches Donado, Jorge Eliécer Fandiño y Ángel Hernández, quienes concluyeron que la decisión del Juzgado Doce Administrativo Oral de Barranquilla “no se encuentra ajustada a derecho”.Qué estaba en juegoEl 6 de agosto de 2025, el Juzgado Doce Administrativo Oral de Barranquilla había declarado la nulidad del PBOT de 2017. En esa primera decisión se cuestionó que no se hubiera cumplido de manera plena la etapa de concertación y consulta obligatoria. LEA TAMBIÉN También se señalaron reparos sobre los estudios cartográficos y técnicos, especialmente en lo relacionado con amenazas, riesgos, inundación y remoción en masa.Puerto Colombia (Atlántico) Foto:EL TIEMPOLa demanda de nulidad había sido presentada por la Procuraduría General de la Nación contra el municipio de Puerto Colombia y el Concejo municipal. El Ministerio Público sostuvo que el PBOT se adoptó mediante la modificación de un plan básico que ya no estaba vigente, pues habría fenecido en 2012.El caso cobró notoriedad porque ese instrumento ha servido de base para el desarrollo de proyectos urbanísticos relevantes en Puerto Colombia, entre ellos Ciudad Mallorquín, ubicado en el entorno de la Ciénaga de Mallorquín y considerado como uno de los más grandes con unos 16 mil apartamentos.La lectura del TribunalPara el Tribunal Administrativo del Atlántico, el juez de primera instancia hizo una valoración incompleta del expediente. La Sala tuvo en cuenta la existencia de estudios técnicos y de planos relacionados con riesgos por inundación y remoción en masa.Uno de los puntos centrales fue el acta de concertación ambiental sobre la evaluación del estudio de riesgos detallado complementario a la revisión general del PBOT de Puerto Colombia, documento que, según la decisión de segunda instancia, no habría sido valorado por el juzgado.Ciudad de Mallorquín Foto:Guillermo González / Agencia Kronos“Destaca la Sala que con los estudios complementarios entregados por el ente territorial accionado y aprobados por la CRA del Atlántico, se subsanó la falta de información referente al estudio básico inicialmente aprobado, porque sí existió estudio detallado y que en cumplimiento de la norma contenida en el artículo 2.2.2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015, quedó incluida en la subsanación autorizada por la ley”.El Tribunal también recordó que la Ley 388 de 1997 permite a los municipios corregir inconsistencias cartográficas, siempre que esos ajustes no impliquen modificar el articulado del PBOT. LEA TAMBIÉN La decisión le entrega tranquilidad jurídica a la administración municipal y a los sectores que dependen de las reglas del ordenamiento territorial. También permite mantener vigente la ruta de planificación que orienta el crecimiento urbano e inmobiliario de Puerto Colombia.El alcalde Plinio Cedeño Gómez afirmó que el fallo confirma el cumplimiento de los requisitos legales por parte del municipio.“Esta decisión ratifica que el municipio cumplió con todos los requisitos exigidos por la ley, lo que, como administración municipal, nos permite continuar con la ejecución de los planes y proyectos contemplados en nuestra hoja de ruta territorial. Siempre confiamos en que se respetaron los criterios técnicos, respaldando así las proyecciones de Puerto Colombia”.El alcalde de Puerto Colombia Plinio Cedeño. Foto:Archivo ET- Alcaldía de Puerto ColombiaEl mandatario agregó que el fallo “nos da la tranquilidad para seguir impulsando el progreso y el desarrollo urbano e inmobiliario que en los últimos años ha tenido este hermoso territorio”.En la práctica, el pronunciamiento del Tribunal mantiene activo el instrumento que define el futuro físico del municipio: dónde se puede construir, cómo se ordena el crecimiento, qué zonas requieren protección y bajo qué condiciones deben avanzar los proyectos.No deje de verLa defensora del Pueblo, Iris Marín. Foto: Sigue toda la información de Colombia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.