El plazo para el pago de la gratificación por Fiestas Patrias ya está en marcha y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó que las trabajadoras y trabajadores del hogar tienen derecho a recibir este beneficio laboral. De acuerdo con la Ley N.° 31047, los empleadores deberán abonar una gratificación equivalente a un sueldo completo hasta el 15 de julio. Únete a nuestro canal de política y economía Este beneficio corresponde a quienes mantengan una relación laboral vigente con su empleador, independientemente de que exista o no un contrato por escrito. Además, es necesario haber laborado al menos un mes durante el semestre comprendido entre enero y junio de este año. Cuando no se haya trabajado el semestre completo, el monto se calculará de forma proporcional al tiempo de servicios. TE RECOMENDAMOSQUE NO SE TE OLVIDE con CARLOS CORNEJO | PROGRAMA del 07/07/26 | La República - LR+ Gratificación de julio se paga hasta el 15 de julio y equivale a un sueldo completo El MTPE precisó que la gratificación por Fiestas Patrias para las trabajadoras del hogar equivale a una remuneración íntegra cuando se ha laborado todo el semestre. En caso de haber trabajado solo algunos meses, corresponde el pago proporcional de acuerdo con el tiempo efectivamente laborado. La cartera de Trabajo también recordó que este derecho se aplica incluso cuando no existe un contrato escrito, siempre que se pueda acreditar la relación laboral con el empleador. Asimismo, señaló que el beneficio forma parte de los derechos reconocidos por la Ley de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar. Trabajadores del hogar cesados también pueden recibir una gratificación proporcional El ministerio explicó que, si la trabajadora o trabajador del hogar ya no mantiene un vínculo laboral vigente al momento del pago, pero laboró al menos un mes durante el semestre, también tiene derecho a recibir la gratificación proporcional. Además, cuando se produce el cese de la relación laboral, el empleador debe pagar la denominada gratificación trunca junto con los demás beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes al término del vínculo laboral, conforme a la normativa vigente. El MTPE recordó también que este régimen contempla una segunda gratificación equivalente a un sueldo por Navidad, cuyo pago deberá efectuarse hasta el 15 de diciembre. Si la fecha límite coincide con un feriado o día no laborable, el depósito deberá realizarse el día hábil anterior. La entidad instó a los empleadores a realizar el pago de la gratificación dentro del plazo establecido y a formalizar la relación laboral de sus trabajadoras del hogar mediante el registro correspondiente. Según indicó, ello permite que accedan a los beneficios laborales y a la protección social que reconoce la ley. Además, recordó que tanto empleadores como trabajadoras pueden acudir a sus canales de atención para recibir orientación gratuita sobre sus derechos y obligaciones.