En el deporte hay una máxima que es la de ganar en el campo y no en los despachos. El exentrenador y exfutbolista neerlandés Louis Van Gaal ha celebrado centenares de victorias tras su paso por el Ajax de Ámsterdam, el FC Barcelona o el Manchester United, entre otros. Además, ahora suma una fuera de los terrenos de juego 23 años después de su despido del conjunto catalán y ante uno de los grandes quebraderos de cabeza para algunos deportistas, como es la Agencia Tributaria. "Siempre positivo, nunca negativo", aunque sea incluso con la AEAT. Los hechos se remontan a enero de 2003. A finales de dicho mes, Louis Van Gaal fue despedido como entrenador del FC Barcelona, que recurrió a Radomir Antic para cambiar la marcha del conjunto catalán. Así, y a través del acuerdo de extinción laboral, el técnico neerlandés percibió 4.239.392,98 euros y el tratamiento fiscal de la indemnización provocó una larga batalla judicial con la Administración General del Estado. El proceso, que se ha dilatado durante más de dos décadas, ha dado victorias parciales a ambos contendientes. No obstante, la Audiencia Nacional ha dado la razón a Van Gaal, que interpuso un recurso contra la resolución de 27 de octubre de 2020 del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que "estima parcialmente el recurso de alzada interpuesto contra dos resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña (TEAR) sobre: (i) acuerdo desestimatorio de solicitud de rectificación de autoliquidación por IRPF del ejercicio 2003; y (ii) la resolución con liquidación provisional, por la que se desestima la solicitud de devolución de 814.986,77 euros por el IRPF del ejercicio 2003". Un recurso presentado por el técnico debido a que la resolución del TEAC estimó que parte de la indemnización (2.000.000 euros, que sí considera indemnización por despido) se percibió por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral, por lo que podía calificarse como rendimientos irregulares y beneficiarse de la reducción del 40%. En cambio, califica como salario regular y no permite la reducción al resto de la indemnización (2.239.392,08 euros, salario correspondiente a 2003 que se pagó también como parte de la indemnización por despido). TE PUEDE INTERESAR El exseleccionador de Países Bajos, que dejó la 'Oranje' para tratar su cáncer de próstata, alegó que, según los contratos y el acuerdo de extinción de la relación laboral, toda la indemnización percibida es irregular, debiendo aplicarse una reducción del 40%, según el art.10.f) Real Decreto 214/1999 de 5 de febrero de 1999, por el que se aprobó el Reglamento del IRPF, y el art.17.2 a) Ley 40/1998 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, relativa a los rendimientos del trabajo, vigente en el ejercicio 2003. Así, la parte controvertida de la indemnización procede de un acuerdo entre las partes, por el que el demandante renunció a la cláusula indemnizatoria que se convino y aceptaba la que le propuso el FC Barcelona: abonarle los salarios de la temporada en curso (2002/3), descontando los ya percibidos (los correspondientes a 2002 y al mes de enero de 2003), más una indemnización bruta de 2.000.000 euros. TE PUEDE INTERESAR Desde la defensa del neerlandés insistían en que, aunque parte de la indemnización coincidía en su cuantía con los salarios, no podrían serlo porque su percepción no respondió a la ejecución de los contratos de trabajo y cesión de derechos de imagen, sino a la indemnización por la rescisión de la relación contractual. Algo en lo que la Audiencia Nacional les ha dado la razón, puesto que estimó su recurso y anuló la resolución del TEAC, reconociendo el derecho del demandante a la aplicación de la reducción del 40% prevista en el artículo 17.2 a) LIRPF sobre el importe íntegro de la indemnización recibida (4.239.392,98 euros). La batalla contra Hacienda la han librado numerosos deportistas de nuestro país. Por ejemplo, Xabi Alonso evitó pagar 288.000 euros por su etapa de futbolista en el Real Madrid; Dani Pedrosa ganó un pleito millonario tras ser tachado de moroso; Andrés Iniesta ganó dos casos millonarios en la Audiencia Nacional; y Carles Puyol se libró de pagar más de 2,5 millones por el IRPF de 2010 a 2013, entre otros. Un elenco al que puede sumarse Van Gaal, aunque aún podría quedarle un último capítulo a la batalla, puesto que aún es susceptible de recurso de casación. "Es posible que la AEAT recurra en casación al Tribunal Supremo argumentando que ese acuerdo fue diferente a lo que inicialmente se preveía en los contratos, lo que se modifica en interés del entrenador para rebajar su tributación en el IRPF", según explica José María Mollinedo, secretario general de Gestha, a El Confidencial. Cronología de los acontecimientos Un proceso que se ha dilatado durante más de dos décadas. El exentrenador del FC Barcelona presentó, en su día, la declaración de Renta de 2003; consignando una solicitud de devolución de una cuota a devolver de 15.896,03 euros. Años más tarde, a mediados de 2008, sus asesores le preparan una solicitud de rectificación de la Renta de 2003 alegando que residía en Holanda, aportando un Certificado de Residencia Fiscal. El 29 de julio de 2008, la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de la Delegación Especial de Cataluña rechaza las solicitudes señalando que, en ese caso, debía haber tramitado la solicitud de devolución con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. El 30 de septiembre de 2008, el entrenador solicita nuevamente la rectificación de la autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del IRPF de 2003, acompañado de las autoliquidaciones modelo 210. Y, con posterioridad, el 10 de marzo de 2009, la Dependencia Regional de Gestión Tributaria rechaza esta solicitud de rectificación y la devolución que pedía, al entender que la solicitud se había presentado fuera de los plazos previstos. TE PUEDE INTERESAR Así, el 17 de abril de 2009, Van Gaal interpuso reclamación económico-administrativa ante el TEAR de Cataluña, que fue desestimada el 1 de diciembre de 2011, si bien ordenó la retroacción de las actuaciones para que fuera tramitada su solicitud inicial. Por su parte, el 28 de marzo de 2012 el entrenador interpuso recurso de alzada al Tribunal Económico-Administrativo Central, que fue estimado parcialmente el 27 de septiembre de 2012. La oficina regional de Gestión de Cataluña desestimó finalmente el 29 de abril de 2014 que en el ejercicio 2003 fuera residente fiscal en Holanda, así como la solicitud subsidiaria de rectificar la declaración de IRPF, pues no se aplicó la reducción del 40%. Un mes después, el 28 de mayo, vuelve a interponer reclamación al Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, alegando la residencia fiscal en Holanda y subsidiariamente la reducción del 40% por rendimientos irregulares. Simultáneamente, el 26 de junio de 2014 presentó una declaración del IRPF de 2003 solicitando una devolución de 814.986,77 euros, aplicando al rendimiento neto del trabajo la reducción prevista para los rendimientos irregulares, y cuya petición ya había prescrito, según la Dependencia Regional de Gestión Tributaria. "Esta larga batalla judicial de idas y vueltas al TEAR y TEAC, con la solución final por el momento de la Audiencia Nacional, es lo que justifica la extraordinaria demora producida para dilucidar, de momento, la situación del IRPF 2003 de Van Gaal", según resume José María Mollinedo.