NoticiaLa medida busca que se contemplen los derechos de los menores de edad que integran los grupos armados ilegales. Artillería utilizada previo al bombardeo en Catatumbo. Foto: Cortesía06.07.2026 12:48 Actualizado: 06.07.2026 12:48
El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca concedió falló a favor de una acción de tutela interpuesta por la Personería Municipal de Puerto Rondón, que buscaba suspender los bombardeos en el departamento de Arauca hasta revisar los protocolos de las Fuerzas Militares en esos ataques, para así proteger principalmente los derechos de los niños, niñas y adolescentes.En los últimos meses, las Fuerzas Militares han ejecutado dos bombardeos en Arauca, en los que el objetivo principal ha sido "Antonio Medina", comandante del frente 28 de las disidencias de las Farc comandadas por 'Iván Mordisco'. El más reciente se realizó en marzo de este año, cuando fueron bombardeados seis campamentos de esa estructura entre Arauca y Casanare.Sin embargo, el operativo que sirvió como fundamento para la tutela fue el del 13 de noviembre de 2025, una ofensiva que incluyó un bombardeo de alta precisión y el despliegue de fuerzas especiales contra ese mismo grupo armado. En esa operación fue recuperado un menor de edad, quien recibió atención humanitaria, y las Fuerzas Militares aseguraron que no hubo afectaciones a la población civil ni a bienes protegidos.Alias Antonio Medina es jefe de las disidencias que operan en Arauca. Foto:Capturas de videoAntes de la tutela, el personero municipal de Puerto Rondón, Óscar Fernando Vanegas Ávila, se basó en información suministrada por la comunidad —según la cual más de la mitad de los integrantes de la estructura armada atacada eran menores de edad migrantes, de entre 15 y 17 años— para preguntarle al Gobierno cuáles habían sido sus protocolos ante el ataque.El personero sostuvo que las respuestas del Ministerio de Defensa y de la Fuerza Aeroespacial fueron "evasivas, genéricas y sin soporte técnico". Además, cuestionó que se invocara la reserva legal para ocultar la presunta inexistencia de protocolos, al considerar que ello vulneraba el derecho a la verdad y la rendición de cuentas. También pidió la adopción de una política pública de desvinculación humanitaria que prohíba considerar a los menores de 18 años como combatientes y garantice una ruta de recuperación articulada con el ICBF.La decisión del juez, de manera literal, contempla: "Ordenar a la Fuerza Aeroespacial la suspensión de bombardeos a estructuras o grupos criminales organizados en el departamento de Arauca hasta tanto se lleve a cabo el ajuste y la difusión del protocolo mencionado".La decisión se tomó en primera instancia. Foto:Archivo ParticularRespecto a esto último, el juez ordenó la "revisión de protocolos de planeamiento" de este tipo de acciones. El fallo establece que el presidente de la República, el ministro de Defensa y el comandante de la Fuerza Aeroespacial deberán realizar, en un plazo máximo de dos meses, una revisión exhaustiva de los procedimientos de "ataque estratégico", "interdicción aire-tierra" y "apoyo aéreo cercano".Ese ajuste implica revisar e identificar a los menores como víctimas de los bombardeos, por lo que las medidas de inteligencia deben reconocer si hay presencia de menores antes de proceder con los ataques, con el fin de garantizarles el derecho a la vida e integridad personal, como víctimas del conflicto armado que son."Se agoten todas las medidas de inteligencia y operativas posibles, a efectos de distinguir la presencia de NNA dentro de los grupos armados organizados que son objetivo militar, y se adopten las medidas pertinentes en virtud de las máximas del derecho internacional humanitario y los postulados de la Corte Constitucional", se lee en la decisión.En 2025 se registraron 257 casos de menores víctimas de reclutamiento forzado, según la Defensoría. Foto:ICBFCon este fallo, el juzgado enfatizó que a los NNA se les debe garantizar el derecho a la vida e integridad, en su condición de víctimas del conflicto armado, independientemente de su vinculación a estas estructuras.Asimismo, se establece que, una vez ajustado el protocolo, este debe ser difundido a todas las unidades tácticas que operan en Arauca mediante notas internas y actividades de capacitación en Derecho Internacional Humanitario (DIH), con especial énfasis en el interés superior de los menores.El juez también le ordenó a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el ICBF realizar acompañamiento y verificación de los derechos de los NNA en la capacitación a las FF. MM. del departamento.Esto se suma a lo reportado por el director de Medicina Legal, Ariel Emilio Cortés, quien afirmó: "Tenemos una estadística de aproximadamente unos 65 menores de edad que fallecieron en operaciones militares durante este cuatrienio del Gobierno actual. Las edades están generalmente entre los 14 y los 17 años"Natalia Peláez SabogalEscuela de Periodismo Multimedia EL TIEMPO Redacción JusticiaConozca más noticias de Justicia: LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.








