NoticiaEl Gobierno expidió un decreto que fija las reglas para que exintegrantes de las Farc y exmilitares cumplan las sanciones restaurativas.Encuentro víctimas y comparecientes JEP Foto: Diego Pérez/JEP.PERIODISTA JUDICIAL29.06.2026 09:17 Actualizado: 29.06.2026 09:20

Casi cinco meses después de que la Jurisdicción Especial para la Paz profiriera sus primeras e históricas sentencias contra el exsecretariado de las Farc y miembros de la Fuerza Pública por los secuestros y los 'falsos positivos', respectivamente, el Gobierno expidió el decreto que reglamenta las condiciones bajo las cuales deberán cumplirse las sanciones propias.Ambos grupos de comparecientes fueron condenados a entre siete y ocho años de pena que, por reconocer sus crímenes y reparar a las víctimas, no purgarán en la cárcel, sino mediante proyectos, obras y actividades de carácter restaurativo, como la búsqueda de personas desaparecidas.Se trata del Decreto 652 del 26 de junio de 2026, que desarrolla el artículo 38 de la Ley Estatutaria de la JEP y fija las obligaciones de las entidades del Estado para garantizar que los comparecientes puedan ejecutar estos trabajos.La reglamentación establece, entre otras cosas, que el Estado deberá garantizar condiciones de salud, alojamiento, alimentación, transporte, seguridad y cobertura frente a riesgos durante la ejecución de las sanciones, aunque aclara que esas garantías "no constituyen salarios, beneficios económicos ni una relación laboral".El decreto señala que el objetivo es asegurar las "condiciones institucionales necesarias" para que los comparecientes cumplan las sanciones propias y las medidas impuestas por la JEP.Para ello, dispone que deberán contar con afiliación al sistema de salud y cobertura frente a riesgos y condiciones mínimas de dignidad.Para cumplir con este requisito, las entidades públicas que lideren los proyectos —y también organizaciones privadas, organismos internacionales, ONG o entidades sin ánimo de lucro que participen voluntariamente— podrán contratar pólizas de seguro para proteger a los comparecientes.Esas pólizas cubrirían gastos médicos, invalidez, incapacidad permanente o muerte cuando los hechos ocurran durante la ejecución de las sanciones."Podrán suscribir una póliza de seguros (...) que cubra los riesgos de gastos médicos, invalidez e incapacidad total o permanente y/o muerte derivados de la ejecución de dicho proyecto restaurativo", dice el decreto.Así mismo, ordena que antes de iniciar las actividades se hagan evaluaciones médicas y que se les equipe con todas las herramientas, elementos de protección y capacitación para desarrollar los trabajos de manera segura.Otro de los aspectos que reglamenta el Gobierno es la naturaleza jurídica de la relación entre los comparecientes y las entidades que lideren los proyectos restaurativos.El decreto insiste en que quienes cumplan sanciones propias no serán trabajadores de esas entidades ni existirá un vínculo contractual."La relación entre el compareciente y la entidad líder de la ejecución del proyecto restaurativo no es en ninguna circunstancia de naturaleza laboral o contractual, puesto que corresponde a una relación establecida con el propósito de cumplir con la sanción propia", señala el documento.Otro punto es la financiación, que recaerá principalmente en las entidades públicas que participen en la ejecución de los proyectos restaurativos. El decreto también permite el apoyo de la cooperación internacional y del sector privado, un camino en el que viene avanzando la JEP, a través de reuniones con empresas, organismos y embajadas de países aliados."Las condiciones transversales de dignidad (...) se financiarán mediante recursos de las entidades públicas de la rama ejecutiva (...) De manera complementaria podrá recurrirse a financiación proveniente de la cooperación internacional y a alianzas con el sector privado", sostiene.La reglamentación también prevé esquemas de seguridad para comparecientes, víctimas y comunidades donde se ejecuten los proyectos restaurativos.Para ello, el Ministerio de Defensa, la Unidad Nacional de Protección y las autoridades territoriales deberán coordinar protocolos cuando así lo solicite la JEP. Incluso, si un consejo de seguridad concluye que un proyecto no puede desarrollarse por razones de orden público, la Jurisdicción podrá suspenderlo o trasladarlo a otro territorio.Además, la JEP conservará la facultad de monitorear permanentemente el cumplimiento de las sanciones y podrá exigir informes periódicos a las entidades encargadas de ejecutar los proyectos restaurativos.La reglamentación define, por primera vez, las condiciones administrativas, logísticas y presupuestales que deberán garantizarse para que esas decisiones judiciales -la médula espinal del acuerdo de paz firmado en el Teatro Colón- puedan ejecutarse. Sin embargo, está pendiente que el Tribunal de Paz resuelva la apelación impuesta por los comparecientes de las Farc.Sara Valentina Quevedo Delgado Redacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.