En las �ltimas semanas, han aparecido informaciones que apuntan a que el curso de la guerra en Ucrania empieza a ser esquivo para Rusia. El n�mero de bajas en las filas rusas se ha disparado hasta alcanzar las 35.000 al mes, lo que, de mantenerse el ritmo, supondr�a casi medio mill�n al a�o. Adem�s, Rusia no solo ha perdido la iniciativa, sino que, por primera vez en tres a�os, comienza a perder el territorio conquistado. En el plano militar, la guerra en Ir�n parece haber limitado el suministro de armas a Rusia, cuya tecnolog�a es muy inferior a la del pa�s persa.En el plano econ�mico, la situaci�n no es mucho mejor, ya que, a pesar de haber construido una econom�a de guerra, los ingresos por la venta de energ�a cayeron entre un 25% y un 40%; la inflaci�n est� entre el 5% y el 10 % y el crecimiento en 2026 es negativo. Todos estos factores han provocado que, por primera vez desde que comenz� la guerra, Putin se haya mostrado dispuesto a firmar un acuerdo de paz con Ucrania, lo que sugiere que el escenario es similar al que llev� a la URSS a retirarse de Afganist�n y nos hace pensar que la guerra podr�a estar en su recta final.Esta situaci�n ha llevado a muchos analistas a pensar no tanto en la guerra sino en el d�a despu�s y, con ello, en la reconstrucci�n y, sobre todo, en las responsabilidades penales que tendr� que afrontar Mosc� una vez cese el ruido de los ca�ones. Todo el mundo sabe que la Corte Penal Internacional emiti� �rdenes de arresto tanto contra el presidente Vladimir Putin como contra la comisionada rusa para los derechos del ni�o, Mar�a Lvova-Belova, por el secuestro y la posterior deportaci�n de decenas de miles de ni�os ucranianos. La orden de arresto emitida por el fiscal Karim Ahmad Khan se basa en los art�culos 8.2.a.vii y 8.2.b.viii del Estatuto de Roma, y las acciones est�n tipificadas como cr�menes de guerra. Como dijo un alto cargo del gobierno ucraniano —Andrey Yermak—, la orden de arresto podr�a ser el principio de una acusaci�n m�s amplia, de genocidio, ya que el supuesto sobre el que se basa la orden de arresto tambi�n es uno de los supuestos tipificados (art.1, e) en la Convenci�n para la Prevenci�n del Genocidio. Por ello, no resulta disparatado que en el futuro la acusaci�n pueda ampliarse al genocidio. De hecho, no podemos olvidar que Rusia ya raptaba ni�os con fines genocidas en el siglo XIX, inspir�ndose en los jen�zaros. Por ello, Lemkin denominaba a estos ni�os secuestrados por el imperio zarista los jen�zaros rusos.A pesar de que la Corte Penal Internacional ha iniciado acciones contra Putin por cr�menes de guerra, la CPI adolece de un d�ficit estructural al abordar el crimen de agresi�n. A pesar de la Conferencia de Kampala de 2010, resulta complicado que Rusia sea acusada de crimen de agresi�n ante la Corte Penal Internacional, ya que debe pasar por el Consejo de Seguridad, lo que conllevar�a el veto de Mosc�. Sin embargo, esto no implica que la invasi�n quede impune. Para ello, el pasado 15 de mayo, 36 Estados se adhirieron al Tribunal Especial para el Crimen de Agresi�n contra Ucrania creado en el marco del Consejo de Europa. Entre los ausentes est�n aliados tradicionales de Rusia, como Hungr�a o Serbia, y estados como Turqu�a, que, con su negativa, tratan de proteger a sus propios gobiernos por haber estado involucrados en situaciones similares.Aunque el paso dado en Chisinau es importante, todav�a queda un recorrido por delante. En primer lugar, quedar�a por definir el tipo de tribunal que queremos constituir. Para ello se nos abren tres opciones:Crear un tribunal con base en un tratado firmado entre Ucrania y los Estados que se han adherido, en el que se establecer�an la jurisdicci�n, la financiaci�n, la composici�n, etc... Para ello, el marco del Consejo de Europa en el que ha nacido puede resultar de gran utilidad para este tribunal, que busca juzgar las agresiones rusas -tanto la de 2014 como la de 2022- contra Ucrania.Otra opci�n ser�a un tribunal dentro del marco de las Naciones Unidas, que recurra a la Asamblea General para su aprobaci�n y, por tanto, evite el veto del Consejo de Seguridad. En este caso, contar�amos con el precedente de las C�maras Extraordinarias de las Cortes de Camboya (ECCC) y del Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Siria (IIIM).La �ltima y m�s probable opci�n ser�a un tribunal h�brido ucraniano-internacional que formar�a parte del sistema judicial ucraniano, pero con una internacionalizaci�n significativa. Como precedente, tendr�amos el Tribunal Especial para Sierra Leona (SCSL).Adem�s de la constituci�n del tribunal, habr�a que elaborar un estatuto, asegurar la financiaci�n, tramitar los casos penales y, sobre todo, esquivar las inmunidades y lograr opciones de arresto viables. Sin embargo, todos estos obst�culos no deben servir de excusa para la inacci�n, ya que no podemos olvidar que la decisi�n de invadir Ucrania no solo era contraria al art. 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas, sino a acuerdos legales previos, como el Pacto Briand-Kellogg, del que Rusia es firmante tras asumir las obligaciones legales de la URSS. De hecho, este fue uno de los argumentos utilizados en la sentencia de N�remberg para condenar a Alemania por las invasiones en Europa.Si todo esto llegara a consumarse, se abrir�a la espita para que otros casos tambi�n pudieran ser juzgados. En concreto, me refiero a la invasi�n norteamericana de Irak en 2003, a las actuales acciones b�licas de Israel y de Estados Unidos contra Ir�n, o al ataque ruso contra Georgia en 2008. En todos estos casos se puede establecer un paralelismo con la invasi�n rusa de Ucrania, ya que en ninguno de ellos intervino el elemento de leg�tima defensa recogido en el art�culo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. En los casos en los que s� se puede alegar el derecho a la leg�tima defensa son Gaza post 7-0 y Estados Unidos tras el 11-S. Sin embargo, en ambos casos, la reacci�n, si bien fue legal, se volvi� ilegal, ya que hubo una falta de proporcionalidad e incluso se cometieron cr�menes de guerra que, en el caso de Israel, est�n siendo investigados y perseguidos por la Corte Penal Internacional.Probablemente la idea de un tribunal internacional que juzgue el crimen de agresi�n -o el crimen contra la paz, como se defini� en N�remberg- fue lo que inspir� a Juan XXIII al afirmar en la Pacem in Terris que "el bien com�n universal plantea problemas de dimensi�n mundial que no pueden resolverse sino por una autoridad mundial". A corto plazo, esa autoridad mundial podr�a encarnarse en un Tribunal Especial para el Crimen de Agresi�n contra Ucrania, ya que, como afirm� el ministro de asuntos exteriores ucraniano Andrii Sybiha: "Los cimientos morales de Europa y del mundo solo podr�n recomponerse cuando se castigue el crimen de agresi�n contra Ucrania. No se trata del pasado. Se trata del futuro".Para concluir, se puede afirmar que el futuro debe estar regido por normas y tribunales que preserven la paz y disuadan a los Estados m�s fuertes de recurrir a la agresi�n como un elemento m�s de su pol�tica exterior. El Tribunal Especial para el Crimen de Agresi�n contra Ucrania puede ser un seguro para pa�ses medianos y peque�os, que solo pueden confiar en las instituciones internacionales para frenar las intenciones imperialistas y agresivas de las grandes potencias.Alberto Priego es profesor RRII Universidad Pontificia Comillas, �rea de DIP y RRII
Es hora de juzgar a Rusia y a Putin
En las �ltimas semanas, han aparecido informaciones que apuntan a que el curso de la guerra en Ucrania empieza a ser esquivo para Rusia. El n�mero de bajas en las filas rusas se...










