Carlos Cuenca Chaux, representante a la Cámara. Congreso de La República, Instalación periodo 2019-2020Foto: El Espectador - Óscar PérezResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00El caso por corrupción en contra del excongresista de Cambio Radical Carlos Cuenca Chaux acaba de tener un nuevo giro. La de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al político del delito de corrupción al sufragante, por el que había sido condenado en enero de 2025 a siete años y medio de prisión domiciliaria. De manera unánime, la sala determinó que había o había total credibilidad sobre quien lo denunció, así como de las pruebas presentadas en el caso, lo que dejaba dudas en el proceso.En enero del año pasado, la Sala de Primera Instancia del alto tribunal determinó que Cuenca Chaux era responsable de ofrecer y entregar bultos de cemento y tejas de zinc en el departamento de Guainía a cambio de votos para su campaña a la Cámara baja en 2014. Para llegar a esta conclusión, la Corte tuvo en cuenta testimonios, fotografías y otros documentos para confirmar que las promesas y entregas se realizaron en el contexto electoral. Sin embargo, en una nueva revisión, quedaron dudas de la veracidad de los elementos aportados.Para la Sala Penal, Miller Garrido, quien dio inicio al proceso en contra del político de Cambio Radical, no era un testigo confiable debido a sus múltiples contradicciones y su retractación final, donde afirmó haber actuado bajo influencia de opositores políticos de Cuenca Chaux. “Lo primero que debe advertir la Corte es que Miller Garrido no es un testigo creíble. Sus ambivalencias fueron notorias, tanto al momento de impetrar la denuncia, como las supuestas presiones y, finalmente, cuando decidió retractarse de los hechos”.El alto tribunal también señaló que había la posibilidad de que el caso en contra del excongresista fuera una retaliación política originada por opositores de Cuenca Chaux. Para la Corte, esa teoría que manejó la defensa “sí genera, por lo menos, un manto de duda sobre el origen de los medios probatorios que fundamentaron el juicio de responsabilidad”. Asimismo, que “la hipótesis de un supuesto complot orquestado por los contradictores políticos del acusado no puede descartarse de tajo”.De la misma manera, la decisión de la Sala Penal señala que “fue Garrido Pacheco quien escogió a los testigos que finalmente fundamentaron la declaración de responsabilidad y no la autoridad instructora. Ese aspecto, en principio, les resta valor a los testigos de cargo”. Asimismo, en la decisión se resalta que uno de los testigos “adujo que Miller Garrido le ofreció COP 40.000 ‘para que dijera la verdad de que había recibido cemento’”.Noticia en desarrollo...Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.Conoce másTemas recomendados: