NoticiaLos sufragios depositados por los colombianos residentes fuera del país siguen un procedimiento distinto al de las regiones.Votaciones de colombianos en el exterior Foto: Suministrada23.06.2026 07:58 Actualizado: 23.06.2026 07:58
Mientras avanzan los escrutinios que darán validez jurídica a los resultados de la segunda vuelta presidencial, uno de los temas que ha generado mayor atención es el de los votos depositados por los colombianos residentes en el exterior. Aunque esos sufragios hacen parte del consolidado nacional, su revisión sigue un procedimiento especial previsto en la ley y está a cargo exclusivamente del Consejo Nacional Electoral (CNE), sin pasar por las comisiones escrutadoras departamentales.En el preconteo, Abelardo de la Espriella obtuvo 12.959.515 votos (49,66 por ciento), mientras que Iván Cepeda Castro alcanzó 12.708.695 sufragios (48,70 por ciento). En medio del avance de los escrutinios, que son los que otorgan validez jurídica al resultado electoral, desde la campaña del candidato del Pacto Histórico han pedido revisar la votación registrada fuera del país.De acuerdo con los datos preliminares, de un censo cercano a 1,4 millones de colombianos habilitados para votar en el exterior, participaron 598.669 ciudadanos. De ellos, 382.808 respaldaron a Abelardo de la Espriella, candidato de Defensores de la Patria, equivalente al 63,75 por ciento de los votos válidos. Por su parte, Iván Cepeda, del Pacto Histórico, obtuvo 208.815 sufragios, correspondientes al 34,77 por ciento, con el 99 por ciento de las mesas informadas.Sin embargo, el presidente del CNE, Cristian Quiroz, negó que se vayan a recontar los votos de forma individual en el exterior. “El escrutinio en el exterior se realiza con las actas que realizan todos los días los cónsules porque se consolida la votación de ocho días. Los cónsules van consolidando las actas; nos las envían. Nosotros no la hacemos (el escrutinio) con los votos, la hacemos con las actas que consolida la Registraduría y que nos envían sus delegados, no con los votos que llegan porque entienden que la primera vuelta fue hace 21 días y, esperando los votos, pueden pasar más de tres o cuatro semanas, entonces no sería posible tener una segunda vuelta”, explicó el magistrado.Votaciones en el exterior Foto:Twitter CancilleríaEl escrutinio de los votos de los colombianos en el exterior tiene un procedimiento especial establecido por la ley. A diferencia de lo que ocurre dentro del territorio nacional, ni los consulados ni las autoridades locales fuera del país tienen competencia para realizar el escrutinio oficial. Su función se limita al conteo inicial y a la transmisión de la información.La primera etapa corresponde al preconteo. Una vez terminan las jornadas electorales, los jurados de mesa en cada consulado realizan el conteo físico de los tarjetones y consignan los resultados en los formularios E-14. Posteriormente, las embajadas y consulados digitalizan las actas y las envían por medios electrónicos y canales seguros autorizados por la Registraduría Nacional.Juan Carlos Galindo, exregistrador nacional, explicó que el procedimiento para esos votos está definido en la ley 163 de 1994. Según indicó, la competencia corresponde directamente al Consejo Nacional Electoral.“El Consejo Nacional Electoral practicará el escrutinio para Presidente y Vicepresidente de la República, de los votos depositados por los ciudadanos colombianos residentes en el exterior”, dice la norma contenida en el parágrafo del artículo 6 de la Ley 163 de 1994.La disposición también señala que el escrutinio se efectúa con base en los resultados consolidados remitidos por embajadas y consulados mediante mecanismos de transmisión de información considerados confiables por la organización electoral.Votaciones de colombianos en el exterior Foto:@laurisarabiaEn una segunda fase, el Consejo Nacional Electoral, como autoridad competente, consolida los resultados con base en las actas oficiales remitidas por los cónsules. El organismo no adelanta una revisión física o un reconteo voto a voto de las papeletas, salvo que existan causales legales excepcionales y reclamaciones formuladas por los testigos electorales en las respectivas mesas durante la jornada.Galindo explicó además que “las actas con los resultados de las votaciones las hacen los jurados de votación -al igual que en Colombia-, son enviadas al CNE y con base en esas actas hacen el escrutinio. Además, los jurados de votación pueden ser residentes en el exterior o quienes esté de viaje y no pueden ser funcionarios de la embajada”.En otras palabras, los sufragios emitidos fuera del país están sometidos al mismo procedimiento de validación que rige para el resto del proceso electoral.Alfonso Portela, exregistrador delegado en lo electoral, señaló que “ la diferencia es que afuera el escrutinio final lo hace el CNE, entonces inicialmente el escrutinio se hace con las actas que se envían porque el traslado de material toma tiempo y hay dos fases: los jurados de votación remiten las actas y el CNE consolida los datos”.Finalmente, una vez se incorporan las actas provenientes del exterior al consolidado nacional y a los escrutinios generales, el CNE expide la resolución oficial que declara el resultado definitivo de la elección presidencial.Redacción Justicia Sigue toda la información de Política en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.












