Explicativo Colpensiones y los fondos de pensiones aplicarán los criterios establecidos en la legislación actual.La mesada 14 fue creada por la Ley 100 de 1993. Foto: iStockPERIODISTA19.06.2026 08:17 Actualizado: 19.06.2026 08:17

La llegada de junio vuelve a poner en primer plano la mesada 14, un pago adicional que durante años benefició a los pensionados en Colombia. Sin embargo, las normas vigentes restringen este derecho a determinados grupos, por lo que miles de jubilados no recibirán la prima de mitad de año en 2026.La discusión sobre el sistema pensional colombiano continúa abierta mientras la Corte Constitucional mantiene suspendida la entrada en vigencia de la reforma pensional por cuestionamientos relacionados con su trámite legislativo. La mesada 14 fue creada por la Ley 100 de 1993 Foto:archivo el tiempo LEA TAMBIÉN Por lo anterior, el Consejo de Estado suspendió el decreto 415 de 2026, que ordenaba el traslado de recursos desde los fondos privados hacia Colpensiones en desarrollo de la Ley 2381 de 2024.Tras estas decisiones, el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, afirmó que la entidad seguirá pagando las mesadas con los recursos disponibles y sostuvo que los fondos privados deben transferir los recursos destinados al pago de las pensiones ya reconocidas.¿Quiénes no recibirán la mesada 14 o prima de mitad de año?La mesada 14 fue creada por la Ley 100 de 1993 y consistía en un pago adicional para los pensionados del Régimen de Prima Media. Sin embargo, el Acto Legislativo 01 de 2005 modificó las condiciones para acceder a este beneficio y redujo progresivamente el número de beneficiarios.De acuerdo con la normativa vigente, no tendrán derecho a la mesada 14 quienes obtuvieron su pensión después del 31 de julio de 2011, sin importar el monto que reciban mensualmente.La mesada 14 fue creada por la Ley 100 de 1993 Foto:iStock LEA TAMBIÉN Tampoco recibirán este pago adicional los pensionados que adquirieron su derecho entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 cuando su mesada supera los tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.Asimismo, quedan excluidas las personas pensionadas antes del 25 de julio de 2005 que perciben ingresos superiores a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes, límite que actualmente equivale a aproximadamente 30 millones de pesos.¿Quiénes conservan el beneficio?La mesada 14 o prima de mitad de año sigue siendo reconocida a quienes consolidaron su pensión antes del 25 de julio de 2005 y reciben menos de 15 salarios mínimos mensuales. Para estos beneficiarios, el pago corresponde a una mensualidad adicional y se realiza de manera automática.También conservan este derecho los integrantes retirados de la Fuerza Pública cobijados por regímenes especiales y determinados beneficiarios de sustitución pensional, conforme a las disposiciones legales que regulan dichos regímenes.Según la información disponible, Colpensiones tiene previsto efectuar el pago de la prima entre el 15 y el 30 de junio, mientras que los fondos privados suelen realizar el desembolso durante los primeros días del mes. En el caso de Colfondos, el pago está programado para el 25 de junio.La mesada 14 fue creada por la Ley 100 de 1993 Foto:iStock LEA TAMBIÉN El Ministerio de Justicia señala que los pensionados que consideren cumplir los requisitos para recibir la mesada 14 y no la obtengan pueden presentar una solicitud formal ante su fondo de pensiones para reclamar el reconocimiento del beneficio.La entidad administradora deberá responder la petición dentro de los 15 días siguientes. Si la solicitud es negada, el pensionado podrá acudir a la vía judicial para solicitar el reconocimiento de la prestación.Mientras tanto, en el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca restablecer la mesada 14 para los docentes. La iniciativa ya superó seis debates y aún debe completar su trámite en el Senado para convertirse en ley.De ser aprobada, la propuesta podría ampliar el universo de beneficiarios y permitir que más de 164.000 maestros recuperen el acceso a este pago adicional.Asimismo, los pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional continúan amparados por normas especiales. Una decisión del Consejo de Estado emitida en diciembre de 2025 ratificó el reconocimiento de la mesada 14 para este grupo y ordenó el pago retroactivo de sumas adeudadas en los casos que cumplan los requisitos legales.Más noticias en EL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.