La Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones del Municipio de Guayaquil prevé cerrar la etapa de presentación de pruebas dentro del proceso de remoción contra el alcalde Aquiles Alvarez en esta semana y avanzar hacia la elaboración del informe que será remitido al Concejo Cantonal para su debate.Aun con el desistimiento expreso del denunciante que impulsó el inicio de este trámite, la comitiva resolvió continuar y cumplir las etapas previstas en el artículo 336 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad).La defensa de Alvarez también busca que exista una resolución definitiva sobre el caso.PublicidadEn los últimos días, David Norero, quien está al frente de este proceso del lado del alcalde de Guayaquil, alegó que el proceso debía seguir su curso y llegar hasta el Concejo Cantonal para demostrar “que no se incumple con las causales previstas en el artículo 333, literal b, del Cootad”.Apuntó que se justificará que la detención de Alvarez por procesos judiciales en su contra, según él, le impide ejercer su cargo, y “no es que no quiere ejercer” su función como alcalde.La norma establece el periodo de pruebas, sesión de la comitiva y elaboración del informe que luego pasa al pleno del Concejo Cantonal.PublicidadPublicidadEl concejal Arturo Escala, integrante de la comisión, dijo que este 17 de junio estaba previsto revisar toda la documentación presentada por las partes para determinar si corresponde declarar concluido el término probatorio y comenzar la redacción del informe.“Revisaremos qué se ha presentado, qué escritos están pendientes y, si corresponde, cerraremos el término de prueba para elaborar el informe que irá al Concejo”, indicó.Escala señaló que hasta antes de la sesión desconocía si el abogado Hugo Córdova, quien impulsó la denuncia de remoción y posteriormente desistió de ella, alcanzó a presentar pruebas dentro del plazo de diez días previsto en el procedimiento. Esa verificación corresponde al secretario de la comisión.El edil defendió además la decisión de aplicar de forma supletoria el Código Orgánico General de Procesos (Cogep) para resolver aspectos no previstos en el Cootad.Según Escala, el artículo 336 de esta última norma establece los plazos del procedimiento de remoción, pero no desarrolla el tratamiento de las pruebas, por lo que fue necesario acudir al código para evitar vacíos legales y garantizar el debido proceso.“Cuando una norma no regula un aspecto específico, corresponde aplicar una norma supletoria. El Cogep establece cómo deben actuarse las pruebas dentro de un procedimiento jurídico”, sostuvo.PublicidadEscala agregó que el objetivo es que el expediente llegue al Concejo Cantonal sin observaciones procesales.Advirtió que cualquier incumplimiento del debido proceso podría derivar en la nulidad de todo lo actuado y en responsabilidades legales para quienes intervienen en el trámite.Un proceso político con reglas distintasPara el politólogo Roger Celi, coordinador de Asuntos Legislativos de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD), los procesos de remoción no deben analizarse como un juicio ordinario, sino como un juicio político, regido por tres principios: oportunidad, confianza y debido proceso.En ese sentido, mencionó que a diferencia de la justicia ordinaria, los procesos políticos no están completamente reglamentados y permiten a los órganos colegiados actuar cuando consideran que existen las condiciones para iniciar o continuar un procedimiento, siempre respetando las garantías básicas.“El Cootad no establece qué ocurre cuando un denunciante retira la denuncia. Ese vacío ha llevado a la Comisión de Mesa a buscar una norma supletoria, pero conceptualmente el proceso podría continuar porque se trata de un juicio político”, señaló.No obstante, Celi recordó que existe un precedente en Quito durante el proceso de remoción contra el exalcalde Jorge Yunda. En ese caso, el retiro de una de las denuncias durante la etapa probatoria fue uno de los argumentos que utilizó el Concejo Metropolitano para archivar el expediente.“Si no hay pruebas, lo lógico sería archivar el expediente. El Concejo Cantonal podría adoptar una decisión distinta por tratarse de un órgano político, pero esa resolución difícilmente prosperaría frente a la jurisprudencia existente”, explicó.Celi sostuvo que la decisión final corresponde al pleno del Concejo Cantonal y no a la Comisión de Mesa, debido a las implicaciones políticas e institucionales que tendría una eventual remoción del alcalde.En ese sentido, recomendó que la comisión emita un informe técnico, aunque sea para sugerir el archivo del proceso, con el fin de fortalecer la institucionalidad y dejar constancia de todas las actuaciones realizadas.Celi consideró que, si existiera una verdadera intención política de remover a una autoridad, los propios concejales podrían promover un nuevo proceso sustentado en pruebas, en lugar de depender de una denuncia presentada por un particular. (I)