Madrid (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado una sanción de Hacienda a una «influencer» al entender que no se le pueden atribuir sin más todos los ingresos sin justificar la valoración de las operaciones vinculadas ni tener en cuenta la aportación de los empleados y del cónyuge.
En una sentencia fechada el pasado 4 dse mayo a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso estima un recurso presentado contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) en septiembre de 2023, en la que desestimó sus reclamaciones sobre liquidaciones y sanciones relativas al IRPF de los ejercicios 2017 a 2019.
Se trata del caso de una conocida «influencer» del mundo de la moda y el maquillaje con 628.000 seguidores en Instagram y con 839.000 suscriptores en su canal de YouTube, y a la que Hacienda quiso obligar a efectuar una liquidación de 241.860 euros por el IRPF de los ejercicios 2017 a 2019, además de una multa de 161.502 euros.
Para justificar esa liquidación complementaria, Hacienda alegó la existencia de ingresos no declarados procedentes de la actividad profesional de la obligada y minoración de los gastos declarados en la actividad económica por no ser fiscalmente deducibles, además de no declarar ingresos a su sociedad.







