TribunalesCalama recuerda que su descubrimiento se produjo el pasado 19 de mayo y era "plenamente conocido" por su defensa, que ha tenido tiempo para preparar sus explicacionesJos� Luis Rodr�guez Zapatero da explicaciones tras los registros.Actualizado Martes,
junio
13:07Audio generado con IAEl juez Jos� Luis Calama ha rechazado la petici�n de la defensa de Jos� Luis Rodr�guez Zapatero para que se suspenda la parte de su declaraci�n prevista para ma�ana y pasado relativa a las joyas halladas en la caja fuerte de su oficina en la calle de Ferraz.El ex presidente del Gobierno estaba citado para dar explicaciones por el presunto tr�fico de influencias y blanqueo en el rescate de Plus Ultra. Tras la tasaci�n de las joyas, el magistrado de la Audiencia Nacional abri� una pieza separada por fraude fiscal y contrabando y cit� de nuevo a Zapatero para responder por ello en las mismas fechas.La defensa de Rodr�guez Zapatero hab�a solicitado el aplazamiento de esta parte de la declaraci�n referida a las joyas alegando la "inminencia del acto y el brev�simo lapso de tiempo entre la incoaci�n de la pieza y el se�alamiento para el momento de su declaraci�n como investigado".El juez responde que la nueva citaci�n del ex presidente no supone ninguna "merma real en su derecho de defensa", por cuanto los hechos que se abordar�n en su declaraci�n sobre las joyas son "los mismos" que ya constan en la causa principal.Indica que, aunque la pieza separada se abri� el d�a 12, su contenido "no incorpora hechos nuevos ni diligencias aut�nomas" a lo que ya constaba en la pieza principal: lo intervenido en el registro del despacho profesional de Zapatero y la tasaci�n pericial de las joyas, que fij� su valor en al menos 1,3 millones.Calama A�ade que la intervenci�n de las joyas tuvo lugar el pasado 19 de mayo, hace casi un mes. Consta en el procedimiento desde esa fecha y era "plenamente conocido" o accesible para su defensa.Recuerda que la pieza separada responde �nicamente a motivos procesales, ante la eventual relevancia de esos mismos hechos en materia de delito fiscal y contrabando, "pero no altera el objeto f�ctico ni introduce elementos sorpresivos que exijan un tiempo adicional de preparaci�n".Calama rechaza que exista una indefensi�n material, ya que el investigado puede declarar por los mismos hechos que motivaron su citaci�n en la causa principal, "fij�ndose ambas declaraciones el mismo d�a por razones de coherencia y econom�a procesal".Adem�s, recuerda que la defensa tiene la posibilidad de solicitar diligencias complementarias o nuevas declaraciones posteriores si lo estima necesario, "lo que excluye cualquier perjuicio irreparable" por la negativa a retrasar la declaraci�n.










