AnálisisJorge Eliécer Laverde explica los principales retos que existen en nuestra política pública para un tema tan sensible y de urgente de definición.Soberanía de los datos en Colombia: ¿cuál debe ser la política de Estado correcta? Foto: iStock/suministrada12.06.2026 10:35 Actualizado: 12.06.2026 10:35
La soberanía de los datos debe asumirse como un asunto constitucional de primer orden; la información personal expresa dimensiones de la identidad, la intimidad, la autonomía y la libertad de las personas, cada dato puede revelar aspectos de la vida individual, familiar, social, económica, política o biológica de un ciudadano; por ello, toda política pública sobre datos exige articular innovación institucional, seguridad de la información, habeas data, debido proceso, control democrático y respeto por la dignidad humana.Desde el ámbito constitucional, la primera exigencia consiste en distinguir la naturaleza de los datos sometidos a tratamiento; los datos públicos, semiprivados, privados y sensibles tienen niveles diferenciados de protección jurídica; en especial, los datos sensibles, por su capacidad de incidir en la intimidad, la igualdad, la libertad individual y la autodeterminación personal, requieren autorización previa, expresa e informada de su titular, salvo las excepciones estrictamente previstas por el ordenamiento; cuando su administración pueda generar riesgos para los derechos fundamentales, su custodia debe confiarse a una entidad autónoma e independiente, con controles técnicos, jurídicos.Jorge E. Laverde. Abogado constitucionalista | PhDGestión pública y control institucional Foto:Jorge E. LaverdeEl Estado puede administrar información para cumplir fines legítimos, mejorar servicios, focalizar políticas públicas, prevenir riesgos y tomar decisiones fundadas en evidencia; esa administración debe desarrollarse bajo los principios de legalidad, finalidad, necesidad, proporcionalidad, circulación restringida, seguridad, transparencia y responsabilidad; en materia sancionatoria, el uso de datos sensibles exige cautelas y además reforzada, pues la garantía conforme a la cual nadie está obligado a declarar contra sí mismo también debe aplicar en los escenarios digitales, documentales, biométricos y tecnológicos en los que la información personal puede ser utilizada para orientar investigaciones, construir imputaciones o adoptar decisiones restrictivas de libertades ciudadanas.La custodia de datos sensibles de los colombianos, por tanto, no debe estar disgregada en varias entidades que cambian de dirección y visión constantemente; esto plantea riesgos específicos para la libertad individual, la neutralidad institucional y la confianza ciudadana; los ciclos electorales, las mayorías políticas cambiantes, las agendas partidistas, las disputas de poder y los eventuales usos selectivos de información personal exigen una separación institucional entre quienes custodian los datos, quienes los consultan y quienes ejercen funciones sancionatorias; por ello, la soberanía de los datos debe materializarse mediante autorización cualificada, trazabilidad de accesos, control externo, responsabilidad por usos indebidos, reglas de interoperabilidad y administración autónoma, pues solo así la tecnología puede fortalecer la función pública, preservar las garantías del ciudadano y mantener el equilibrio constitucional entre poder estatal y las libertades personales.Considero que la soberanía de los datos toca de cerca la vida democrática y las libertades de las personas, y asumo la tarea de buscar caminos para llevarla a la práctica; se trata de convertir estos principios en un marco normativo concreto, que distinga la naturaleza de cada dato, confíe la custodia de los datos sensibles a una entidad autónoma e independiente, y prevea autorización cualificada, trazabilidad de accesos, control externo y una separación entre quien los custodia, quien los consulta y quien sanciona, de manera que la regulación acompañe el funcionamiento del Estado sin desatender la protección de las libertades ciudadanas.Jorge Elécer Laverde. Abogado constitucionalista | PhDGestión pública y control institucional Sigue toda la información de Opinión en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.









