En una Argentina donde, con demasiada frecuencia, parece imponerse la lógica del "vale todo", especialmente entre quienes han acumulado fortunas de origen dudoso durante décadas, la reciente vigencia de la Ley 27.799, denominada de "Inocencia Fiscal", plantea serios interrogantes institucionales. Presentada por el Gobierno como una herramienta destinada a facilitar la incorporación de ahorros no declarados al circuito formal de la economía, reducir trámites y aliviar cargas burocráticas, la norma permite exteriorizar fondos sin afrontar determinadas responsabilidades tributarias derivadas de su previa ocultación. A primera vista, la medida podría interpretarse como un intento razonable de simplificar un sistema tributario complejo y frecuentemente asfixiante para muchos contribuyentes. Sin embargo, detrás de esa justificación administrativa emerge una cuestión mucho más profunda: la posibilidad de que, bajo el pretexto de la simplificación, se debiliten mecanismos esenciales de control destinados a garantizar la transparencia financiera y la legalidad en el origen de los fondos. Los acontecimientos conocidos en los últimos días, así como las explicaciones ofrecidas por algunos funcionarios respecto de la evolución de sus patrimonios, parecen mostrar que la discusión excede ampliamente la cuestión tributaria. Lo que está en juego es la relación entre el Estado y el principio de legalidad. Más grave aún resulta que este proceso haya contado con el respaldo de numerosos legisladores dispuestos a aprobar, sin mayores cuestionamientos, iniciativas impulsadas por el Poder Ejecutivo, consolidando una preocupante tendencia hacia la flexibilización de controles que deberían fortalecerse y no debilitarse.
La inocencia fiscal y la impunidad
La adhesión de funcionarios al régimen de "Inocencia Fiscal" reabre un debate de fondo sobre los límites entre la simplificación tributaria y la necesidad de garantizar transparencia en el origen de los fondos. Cuando el Estado relaja los controles, advierte el autor, el riesgo no es solo fiscal: es institucional.











