NoticiaEl alto tribunal concluyó que la acusación presentaba deficiencias relevantes y que las pruebas no eran suficientes para condenarlo.César Cristian Gómez Foto: ArchivoPERIODISTA JUDICIAL02.06.2026 09:55 Actualizado: 02.06.2026 09:55
La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al representante a la Cámara por el Cauca, César Cristian Gómez Castro, de los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y tráfico de influencias, por hechos relacionados con su gestión como alcalde de Popayán.La decisión lo exculpa, en primera instancia, de hechos relacionados con un convenio suscrito entre la Alcaldía de Popayán y la Fundación Tortuga Triste para promover y desarrollar la agenda cultural de las tradicionales procesiones de Semana Santa payaneses.La decisión fue proferida por la Corte Suprema de Justicia. Foto:CortesíaSegún informó el alto tribunal, tras la valoración de los argumentos de las partes y del material probatorio recaudado durante el juicio, la Sala concluyó que no existían elementos suficientes para condenar al hoy congresista.La Corte cuestionó la acusaciónUno de los principales argumentos de la decisión tiene que ver con la forma en que fue estructurada la acusación contra Gómez.De acuerdo con la Sala Especial de Primera Instancia, el escrito acusatorio presentaba "deficiencias relevantes" en la delimitación de los delitos, una situación que terminó repercutiendo en el análisis del caso y en las garantías procesales del acusado.No se alcanzó el estándar para condenarLa Sala también concluyó que las pruebas practicadas durante el juicio no permitían alcanzar el estándar de conocimiento exigido para dictar una sentencia condenatoria."Tras valorar integralmente el material probatorio aportado durante el juicio, la Corporación determinó que este no permitía alcanzar el estándar de conocimiento exigido por el ordenamiento jurídico para proferir una sentencia condenatoria", señaló la Corte en un comunicado.Por esa razón, el alto tribunal resolvió absolver al congresista de todos los cargos que le habían sido formulados dentro del proceso.Aplicó el principio de duda a favor del procesadoEn la decisión, la Sala indicó que la absolución se adoptó en aplicación de los derechos y garantías constitucionales que rigen el proceso penal, especialmente el principio de congruencia y el principio de in dubio pro reo, según el cual toda duda razonable debe resolverse a favor de la persona procesada.Sede de la Corte Suprema de Justicia. Foto:Justicia"En consecuencia, se dispuso su absolución en aplicación de los derechos y garantías constitucionales que gobiernan el proceso penal, especialmente, el principio de congruencia y el in dubio pro reo (ante la duda se resuelve a favor del procesado)", indicó la corporación.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.











