NoticiaLos ciudadanos que cumplieron las funciones de jurado de votación y ejercieron su derecho al sufragio deben recibir las compensaciones de ley. Foto: Alcaldía de Palmira/istock01.06.2026 13:32 Actualizado: 01.06.2026 13:32

Luego de las elecciones presidenciales celebradas el pasado domingo 31 de mayo, los colombianos concurrieron de forma masiva a las urnas con el fin de determinar la jefatura de Estado para el periodo constitucional 2026-2030. En este proceso electoral, los jurados de votación desempeñaron un papel fundamental para asegurar la validez de los sufragios emitidos. Ante el cumplimiento de estas funciones, el ordenamiento jurídico del país otorga una serie de estímulos, rebajas y permisos laborales que los ciudadanos pueden reclamar de forma obligatoria, según consta en las directrices de las autoridades laborales y la legislación vigente.Todo colombiano que haya acudido a sufragar cuenta con media jornada de descanso libre. Foto:Jaiver NietoDescanso laboral remunerado y acumulación de días libres para los trabajadoresDe acuerdo con el Código Electoral, puntualmente en su artículo 105, los ciudadanos que ejercieron como jurados de votación, pertenecientes tanto al sector público como al privado, poseen el derecho legal a un día completo de descanso compensatorio debidamente remunerado.Esta jornada libre se debe conceder obligatoriamente por parte del empleador dentro de los 45 días hábiles posteriores al desarrollo de las votaciones. Por otra parte, la Ley 403 de 1997, en su artículo 3, establece que todo colombiano que haya acudido a sufragar cuenta con el derecho a disfrutar de media jornada de descanso compensatorio remunerado, la cual se tendrá que hacer efectiva en el mes calendario siguiente a la elección, previo acuerdo con la respectiva empresa. LEA TAMBIÉN Frente a la posibilidad de sumar estos dos incentivos, un concepto emitido por el Ministerio del Trabajo en 2019 aclara de forma oficial que cuando un empleado ejerce ambas funciones, es decir, es jurado de mesa y además vota, las compensaciones resultan plenamente compatibles. Por lo tanto, las corporaciones tienen la obligación de reconocer un día y medio de descanso remunerado a sus colaboradores, sin que sea legal la eliminación unilateral de ninguno de estos beneficios. El desacuerdo o la negativa a otorgar estos permisos puede generar sanciones directas por parte de este ministerio.Cuando un empleado ejerce ambas funciones, los beneficios resultan compatibles. Foto:Archivo /El TIEMPODescuentos en matrículas universitarias y reducción del tiempo en el servicio militarLa Ley 403 de 1997 estipula incentivos significativos dentro del ámbito académico y de la carrera administrativa.Los estudiantes de instituciones oficiales de educación superior reciben un descuento del 10 % en el valor de su matrícula, una rebaja que se aplica en todos los periodos académicos que cursen hasta que se efectúen las siguientes votaciones. De igual manera, se garantiza una preferencia especial en caso de presentarse igualdad de puntajes en exámenes de ingreso a universidades públicas o privadas, así como en las listas de elegibles para acceder a puestos de carrera con el Estado. LEA TAMBIÉN En lo concerniente al servicio militar obligatorio, la normativa fija una disminución en el tiempo de prestación del mismo si el ciudadano votó antes de su incorporación.Específicamente, se concede una rebaja de un mes para los soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller, y una reducción de dos meses para aquellos que ingresen bajo las modalidades de soldados campesinos o regulares.Los jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado. Foto:GeminiRebajas en expedición de documentos oficiales y prioridades en programas estatales El cumplimiento de los deberes electorales también otorga ventajas monetarias directas en la realización de trámites oficiales ante el Estado. La legislación de Colombia contempla un descuento del 10 % por una única vez en el costo de expedición del pasaporte, un beneficio con una vigencia total de cuatro años tras los comicios. Este idéntico porcentaje de rebaja opera sobre los costos del trámite inicial y duplicados de la libreta militar, al igual que frente a las copias de la cédula de ciudadanía, aplicándose a partir de la segunda solicitud del duplicado.Finalmente, el marco normativo nacional prevé un derecho de preferencia en igualdad de condiciones para todas aquellas personas que porten su certificado electoral y aspiren a la adjudicación de becas de estudio, subsidios de vivienda del Gobierno o la asignación de predios rurales. Este documento es la prueba plena del cumplimiento del sufragio y es suministrado directamente por los jurados o los registradores. Andrés Felipe Bejarano BejaranoREDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS Sigue toda la información de Últimas Noticias en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.