El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) mantiene activo su sistema de reintegro para aquellas personas que pagaron de su propio bolsillo los gastos derivados de la atención médica. La obra social estatal otorga esta devolución económica únicamente a la persona afiliada o al tercero que haya solventado dicho gasto, siempre de manera excepcional y tras una evaluación previa del caso para determinar si corresponde el pago.
PAMI pañales para adultos: cómo es el trámite y los requisitos de cobertura
Un dato central para tener en cuenta este lunes 1 de junio es que el organismo fijó un límite temporal estricto para iniciar el reclamo. La presentación de la solicitud de reintegro de gastos tenés que hacerla obligatoriamente dentro de los 180 días corridos a partir del momento exacto en el que se generó la prestación médica particular. Si se pasa ese período, se pierde el derecho a exigir la devolución.
Quiénes pueden gestionar el reintegro ante la obra social
La normativa de la obra social busca facilitar la gestión administrativa para que el titular no tenga que trasladarse obligatoriamente. El trámite lo puede realizar la persona afiliada en forma directa, pero también está habilitado para que lo ejecute su apoderado o apoderada legal, o bien un familiar cercano que actúe en su representación.












