La jueza de la dana ha reiterado en un auto dictado este viernes que no ve responsabilidad penal alguna en la actuación de los alcaldes de las localidades afectadas por las inundaciones el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos. Una postura, por otro lado, avalada reiteradamente por la Audiencia Provincial de Valencia durante la instrucción del procedimiento. La magistrada rechaza así las diligencias solicitadas en ese sentido por el abogado Ximo Esteve, que ejerce una de las acusaciones particulares en el marco de la causa.
Por el contrario, la instructora recuerda que la consellera competente en materia de protección civil era la investigada Salomé Pradas, que junto con el secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, ostentaban el día de autos la dirección del Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones. “Existe una diferencia radical con la administración local en la competencia en la dirección del plan”, explica el auto, en referencia al “manejo de información” y a las “múltiples herramientas de organización y medios de los que se dispone” la Generalitat desde el Centro de Coordinación de Emergencias.
Además, la jueza remacha que “quienes ostentaban el mando de la emergencia en la Administración autonómica” —Pradas y Argüeso— “contaban con un extenso caudal de información”, que incluye la Aemet, la Associació Valenciana de Meteorologia (Avamet), los medios de comunicación e, “igualmente”, la Confederación Hidrográfica del Júcar o las llamadas al 112.











