El Ministerio que dirige Pablo Bustinduy obliga al distribuidor minorista, del que no facilita el nombre, a responsabilizarse de sus productos comercializados bajo la propia enseña
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha ratificado una sanción de 30.000 euros a una cadena de supermercados, de la que no ha facilitado el nombre, por la “incorrecta” denominación y etiquetado de un tipo de pan especial, comercializado bajo la propia marca de la cadena (marca blanca). Consumo argumenta que por ley no puede decir el nombre de la empresa sancionada, aunque cuando la organización de consumidores Facua presentó la denuncia en 2024 trascendió que la empresa era Mercadona.
De este modo, el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy consolida el criterio de responsabilizar a la empresa distribuidora de la información que se facilite en los productos comercializados bajo su marca blanca, aun cuando no intervenga en el proceso de fabricación o envasado del producto.
Con esta sanción, indica, se concluye el expediente que puso en marcha la Dirección General de Consumo y que tuvo su origen en una denuncia presentada en 2024 por la asociación Facua-Consumidores en Acción.
Según ha precisado el Ministerio en un comunicado, la cadena de supermercados ha sido multada con 10.000 euros por la incorrecta denominación de un pan especial, en relación con el porcentaje de harina integral que incluía; con otros 10.000 euros por no incluir los datos de contacto de la empresa en cuyo nombre se comercializa el producto, y con 10.000 euros más por llevar a engaño al consumidor sobre su cantidad real de cereal integral. Además, la resolución del expediente incluye una sanción accesoria que exige al infractor la rectificación de los incumplimientos identificados en la resolución que pone fin al procedimiento.










